Condenada por maltratar a su propia madre en Ourense: le dio puñetazos en la cara y la pellizcó
TRABAJOS COMUNITARIOS
Una mujer ha sido condenada en Ourense por maltratar a su madre en un episodio concreto ocurrido en 2023, aunque ha sido absuelta de las acusaciones de maltrato habitual y lesiones psíquicas al no quedar acreditadas durante el juicio.
La titular de la Plaza 2 de la Sección Penal condenó a Elisa Mercedes R. D. por un delito de malos tratos contra su progenitora. Tanto la inculpada como el principal denunciante, su hermano José Manuel, son personas muy conocidas en el ámbito jurídico.
El caso partía con acusaciones de gran gravedad contra la condenada por parte de la acusación particular, ejercida por sus propios hermanos. En la denuncia inicial se le imputaban delitos de maltrato habitual y lesiones psíquicas, alegando que sometía a su madre a constantes vejaciones e insultos, le daba golpes con el puño cerrado y pellizcos, la dejaba desatendida los fines de semana o le suministraba medicamentos en exceso.
Sin embargo, la magistrada absuelve a la acusada de estos graves cargos continuados por la imposibilidad de probarlos de forma incontrovertida. Esta absolución se sustentó principalmente en que la madre falleció en agosto de 2024 sin haber podido ratificar su testimonio en sede judicial, así como en el hecho de que la cuidadora de la anciana modificó sustancialmente su versión inicial durante el juicio oral.
La sentencia condenatoria se ciñe, por tanto, a un único episodio de violencia comprobado y ocurrido el 21 de junio de 2023, día en que la madre abandonó definitivamente el que había sido su hogar.
Quedó acreditado que, durante esa jornada, la acusada propinó puñetazos en los brazos, dos bofetadas en la cara y pellizcos a su progenitora. Las agresiones se produjeron primero delante de la empleada del hogar y, poco después, en presencia de su hermano y su cuñada, quienes acudieron de urgencia al piso tras recibir una llamada de auxilio de la víctima.
Por este altercado, la jueza le impone una pena de 60 días de trabajos comunitarios, que se sustituirán por ocho meses de cárcel si no presta consentimiento.
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