Condenado el gerente de un matadero por atentar contra un agente ambiental en Ourense

UN AÑO DE PRISIÓN

La magistrada rechaza que el incidente fuera un simple desencuentro verbal o una discrepancia administrativa. Y subraya que el comportamiento del gerente del matadero en Ourense consistió en “una sucesión continuada de actos objetivamente dirigidos a obstaculizar el ejercicio de las funciones inspectoras desarrolladas por el agente medioambiental”

Publicado: 12 jul 2026 - 13:30 Actualizado: 12 jul 2026 - 14:04
El matadero de Trives, donde los agentes realizaron un registro y detuvieron a una persona.
El matadero de Trives, donde los agentes realizaron un registro y detuvieron a una persona. | La Región

La Sección Penal (Plaza 1) del Tribunal de Instancia de Ourense condenó a un año de prisión y al pago de una multa de 540 euros al que fuera gerente del matadero comarcal de Trives, Fernando S.S.L. por un delito de atentado contra la autoridad. Según recoge la sentencia, la jueza considera probado que el acusado saboteó activamente la labor de un inspector que se encontraba tomando muestras de un vertido en las instalaciones.

Sucedió el 7 de abril de 2022, cuando el agente medioambiental, uniformado y en un vehículo oficial rotulado, acudió al matadero para realizar una inspección. A su llegada al recinto, el gerente bloqueó con su vehículo la salida del inspector, le exigió ver el recipiente, rompió el precinto y derramó por el suelo la muestra de agua que acababa de recoger. Inmediatamente después, cuando el trabajador público intentó documentar el sabotaje tomando fotografías con su teléfono móvil, el acusado le agarró por los brazos y le dio un manotazo al dispositivo, provocando que cayera al suelo y se desmontara.

La magistrada rechaza que el incidente fuera un simple desencuentro verbal o una discrepancia administrativa. Y subraya que el comportamiento del acusado consistió en “una sucesión continuada de actos objetivamente dirigidos a obstaculizar el ejercicio de las funciones inspectoras desarrolladas por el agente medioambiental”. Asimismo, recalca que el forcejeo físico no fue un episodio aislado, sino “la culminación de una conducta de resistencia activa y grave dirigida a impedir o dificultar el ejercicio de la función pública encomendada al denunciante”.

Dado que los agentes medioambientales tienen el carácter legal de autoridad pública en el ejercicio de sus funciones de Policía de Aguas, el fallo considera al acusado autor de un delito de atentado. Se le impone la pena de un año de prisión -la mínima posible al no constar lesiones en el perjudicado-.

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