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CONFIRMADO POR EL TSXG
La resolución del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), publicada el 16 de octubre, mantiene la indemnización establecida por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense, que había reconocido a la familia parte de la compensación solicitada. La sentencia del TSXG estima el recurso de apelación presentado por la aseguradora, que cuestionaba la obligación de abonar los intereses, aunque confirma la responsabilidad del Sergas en la indemnización.
El fallecido, de 87 años, sufrió un atropello el 29 de enero de 2020 y fue trasladado a Urgencias del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO), donde se le diagnosticaron policontusiones. Pese a ello, no quedó ingresado y se le dio el alta domiciliaria. Sin embargo, al descender de la ambulancia sufrió un cuadro presincopal y no fue readmitido en el hospital, falleciendo unas horas después en su domicilio.
La familia reclamó inicialmente al Sergas una indemnización de 270.000 euros, que fue estimada parcialmente y posteriormente revisada por el Consello Consultivo de Galicia, fijando el importe en 54.000 euros. Esta cantidad fue más tarde reconocida y confirmada por la Consellería de Sanidade.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense consideró que existió una pérdida de oportunidad terapéutica y una defectuosa asistencia médica, por lo que determinó indemnizaciones concretas: 40.000 euros para la viuda, 10.000 euros para cada uno de los tres hijos y 5.000 euros para la nieta, sumando un total de 75.000 euros.
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