Confirman los cinco años de cárcel para el hombre que agredió sexualmente a una menor que dormía en un piso de Ourense

ESTRÉS POSTRAUMÁTICO

El TSXG desestima el recurso del acusado y ratifica los cinco años de prisión por agredir a una menor mientras dormía en un piso de Ourense.

Publicado: 16 oct 2026 - 17:38 — Actualizado: 16 oct 2026 - 17:39
La sentencia de la Audiencia confirma una de primera instancia.
La sentencia de la Audiencia confirma una de primera instancia. | Xesús Fariñas

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado de forma íntegra la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Ourense contra un joven a cinco años de prisión por un delito de agresión sexual. El alto tribunal autonómico ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado, ratificando la plena validez de las pruebas de cargo y la absoluta credibilidad del relato de la víctima, que en el momento de los hechos tenía 17 años.

Los hechos ocurrieron en el año 2022. La menor y el procesado, que entonces tenía 22 años y con quien mantenía una relación de amistad, coincidieron de madrugada a la salida de una discoteca en Ourense. La chica esperaba que le entregasen las llaves del piso de unos amigos donde se iba a quedar a dormir y el acusado se ofreció a acompañarla hasta la vivienda con la excusa de esperar allí la llegada de un taxi.

Una vez dentro del inmueble, la joven se acostó vestida en un sofá cama del salón para descansar. Tras un primer intento de aproximación de madrugada en el que le tocó las piernas y que frenó ante la negativa de ella, la agresión se consumó sobre las once de la mañana. Mientras la víctima aún dormía de costado, el procesado se aproximó desnudo de cintura para abajo, le bajó por sorpresa los pantalones y la ropa interior y la penetró sin detenerse, ignorando los continuos requerimientos de la joven para que parase y los codazos con los que intentó zafarse.

Tras consumar la agresión, el agresor abandonó el piso y la joven quedó sumida en un estado de intenso bloqueo emocional. Llamó con insistencia a sus padres y a su hermano para que fuesen a buscarla de inmediato alegando que pasaba frío en la casa, tardando varios días en desahogarse con unas amigas por la vergüenza que sentía. Una vez conocido lo ocurrido, su entorno la animó a formular la denuncia. A consecuencia de estos hechos, la joven requirió dos años de tratamiento psicológico y psiquiátrico y apoyo farmacológico para superar secuelas como ansiedad severa, trastornos del sueño y estrés postraumático.

En su resolución, el TSXG echa por tierra los intentos de la defensa de desacreditar a la denunciante. La Sala subraya que no existe un patrón único de respuesta de las víctimas ante agresiones sexuales y que la paralización o no haber huido en el acto son consecuencias psicológicas habituales en situaciones de shock. Asimismo, recalca que su testimonio es persistente, no responde a móviles espurios y está sólidamente respaldado por los informes periciales y las declaraciones de los familiares.

La resolución confirma de manera firme la pena de cinco años de cárcel, la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 250 metros de la víctima durante seis años, una medida de libertad vigilada durante cinco años, la inhabilitación especial durante ocho años para cualquier empleo o actividad que implique contacto directo con menores y la obligación de indemnizarla con 10.000 euros. Frente a este fallo todavía cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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