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PRUEBAS CONTUNDENTES
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirmó la condena a una pareja por una estafa que empezó con la venta de un coche como gancho. Las defensas de Antonio G.F. y Filomena G.A. aludieron en su recurso a una errónea valoración de la prueba por parte de los jueces. Sin embargo, no comparten esta tesis el alto tribunal gallego, que destaca el “acierto de la sala al ponderar la prueba”. “La sentencia resulta de una ponderación conjunta de un arsenal probatorio ciertamente contundente”, señala.
Al respecto, los magistrados aluden a la declaración de la víctima, quien describió como desde el inicio el acusado consiguió crear una relación que entendió cómo de amistad. Su relato, señala la sentencia, se ve corroborado en la “abundante prueba documental”. Especialmente en los extractos y movimientos bancarios, que “permiten observar las transferencias efectuadas a favor de los acusados”.
Por ello, los magistrados desestiman el recurso y confirman la condena de tres años y medio de prisión para cada uno de los acusado y la obligación de indemnizar conjuntamente al perjudicado con 107.000 euros. Ante esta sentencia, las partes todavía pueden presentar recurso de casación al Tribunal Supremo.
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