Rebajan la condena a un agresor sexual en Ourense por trastornos y adicciones

OCHO AÑOS

El TSJ de Galicia reduce a ocho años de prisión la condena a un hombre por agresión sexual a su pareja en Ourense tras reconocer una afección grave por un trastorno de personalidad y la falta de su medicación adictiva.

Edificio judicial que alberga los juzgados de la calle Velázquez.
Edificio judicial que alberga los juzgados de la calle Velázquez. | ARCHIVO

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha rebajado de doce a ocho años de cárcel la condena impuesta a un hombre por agredir sexualmente y golpear a su pareja en la vivienda que compartían en Ourense en abril de 2024. Los magistrados han tomado esta decisión al entender que el agresor actuó con su voluntad muy alterada a causa de un trastorno de la personalidad, un episodio de celos y los efectos derivados de los medicamentos opioides que tenía pautados.

Los hechos juzgados ocurrieron a finales de la noche del 13 de abril de 2024. En el domicilio familiar, donde también dormía la hija menor de la mujer, el hombre inició una fuerte discusión por celos. Durante el ataque, agarró a la víctima por el cuello asfixiándola, la insultó y la empujó hacia el cuarto de baño, provocando que se golpeara la cabeza y la espalda contra la bañera. Posteriormente, la obligó a ducharse y la llevó a la fuerza al dormitorio, donde consumó la agresión sexual a pesar del rechazo expreso y continuo de la mujer.

La resolución judicial ratifica la plena credibilidad de la víctima y desmonta los intentos de la defensa por desacreditar su testimonio. El tribunal destaca que la declaración de la mujer no solo es coherente y firme, sino que se apoya en la versión de su hija de once años —quien escuchó los gritos de auxilio y las negativas de su madre desde otra habitación—, en los testimonios de los profesores del centro escolar que dieron la alarma y en los partes médicos que confirmaron las lesiones físicas y el estrés postraumático.

Sin embargo, la revisión del caso en la máxima instancia judicial gallega se ha centrado en el estado mental del acusado. Los informes médicos revelaron que el hombre está diagnosticado con un trastorno de personalidad y presenta una adicción a la dolantina, un analgésico opioide muy potente. El tribunal concluyó que el pautado del tratamiento le dejaba muchas horas nocturnas sin dosis, lo que con alta probabilidad le provocaba síndrome de abstinencia con picos de ansiedad e irritabilidad. Esta circunstancia, sumada a sus patologías, redujo drásticamente su capacidad de control en el momento del ataque.

Aplicando el principio de duda a favor del acusado sobre su grado de imputabilidad, la Sala de lo Civil y Penal decidió reducir en cuatro años la pena por la agresión sexual. No obstante, se mantienen intactas el resto de las medidas decretadas: el agresor suma nueve meses más de cárcel por un delito de lesiones, no podrá acercarse a la víctima a menos de 500 metros ni comunicarse con ella durante siete años, quedará bajo libertad vigilada tras salir de prisión y deberá pagar una indemnización de 7.400 euros por los daños físicos y morales.

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