Las retiradas de dinero en cajeros de Ourense resuelven una estafa en Burgos

SENTENCIA JUDICIAL

Los condenados retiraban en la ciudad de As Burgas el dinero proveniente de una estafa inmobiliaria.

Entrada a la Audiencia Provincial de Burgos, cuyos magistrados confirmaron la condena por estafa.
Entrada a la Audiencia Provincial de Burgos, cuyos magistrados confirmaron la condena por estafa. | ARCHIVO

Las pistas seguidas por la Policía Nacional de Burgos de una estafa en el alquiler de un piso llevó a los investigadores hasta Ourense. Todo comenzó con un anuncio en una conocida página web en el que se ofertaba una vivienda. Varias personas se interesaron en ella y, tal como relataron, incluso lo vieron con la inmobiliaria.

Una vez decidieron dar el paso, realizaron los ingresos correspondientes a la cuenta bancaria del presunto propietario, sin saber en ese momento que acababan de ser víctimas de una estafa. No tuvieron acceso al piso ni tampoco le fue devuelto la cantidad ingresada. En total, cuatro personas afectadas que perdieron en conjunto 4.100 euros.

Como siempre ocurre en este tipo de casos, los investigadores siguieron la trazabilidad del dinero. Esta pista les llevó hasta un hombre y una mujer que eran titulares de la cuenta en la que hicieron el ingreso las víctimas. Un agente de Policía explicó que había sido abierta de forma presencial y que se hicieron extracciones uno o días después en cajeros de Ourense, donde residen los titulares.

Dos años de prisión

Esto llevó a ambos al banquillo de la Plaza 1 de la Sección Penal de Burgos, donde fueron condenados a dos años de prisión y la obligación de indemnizar a las víctimas. Sin embargo, los acusados no se mostraron conformes con esta sentencia y decidieron recurrir ante la Audiencia Provincial.

Una de las bases del escrito presentado por su abogado fue el intento de justificar el dinero que había llegado a la cuenta. Para ello invocaron una presunta relación de compraventa con un tercero de varios productos, argumentando que extrayeron los fondos en la creencia de que procedían de este negocio.

Esta línea de defensa ya la utilizaron durante el juicio. Los acusados negaron los hechos, asegurando él que en esa cuenta ingresaba el dinero de su baja por enfermedad y la pensión de alimentos que su pareja recibía de su exmarido. Además, mencionó el negocio con un tercero.

Ella trató de justificar la procedencia del dinero en la percepción de la citada pensión de alimentos y una pensión de la Seguridad Social. Sin embargo, estos argumentos ni convencieron a la jueza del Penal ni al alto tribunal burgalés, cuyos magistrados validaron la conclusión alcanzada en instancia al considerar que hay pruebas suficientes para destruir la presunción de inocencia.

También desechan el argumento de la defensa, que alegaba negligencia de las víctimas al no haberse cerciorado de la titularidad del inmueble objeto de arrendamiento. “La actividad desplegada por los acusados para hacerse pasar por los propietarios del inmueble, anunciado en una conocida página web de anuncios, exigiendo en concepto de reserva una cantidad asequible, implica la fácil producción de un error sobre el titular del inmueble, sin que en modo alguno pueda exigirse a los perjudicados que soliciten una nota registral y un contacto directo con el verdadero titular”, responde la Audiencia Provincial.

Por ello, ratifica la sentencia, aunque deja la puerta abierta a recurrir ante el Supremo.

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