Seis meses de cárcel por las gafas de sol que otros robaron
JUICIO EN OURENSE
Una pena de seis meses de cárcel tras reconocerse autor de una receptación de objetos robados
Cristian P.D. (30 años) aceptó desde prisión -cumple condena por un dilatado historial delictivo- una pena de seis meses más tras reconocerse autor de una receptación de objetos robados en el Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense. El encausado fue localizado en posesión de una gafas de sol y una baliza que habían sido sustraídos previamente del interior de uno de los vehículos asaltados, ambos estacionados en un garaje comunitario de la calle Manuel Leiras Pulpeiro de la ciudad.
Los robos se remontan a la madrugada del 2 al 3 de febrero de 2023. En aquel momento, personas desconocidas accedieron al aparcamiento y fracturaron las ventanillas de un Ford C-Max y un Peugeot 206. Del interior de los turismos se llevaron unas gafas de sol, una luz de emergencia, un secador de pelo, ropa así como dinero en efectivo (20 euros).
Aunque inicialmente la Fiscalía solicitaba una condena de tres años de prisión por un delito de robo con fuerza en casa habitada (los trasteros y garajes así se consideran), modificó su escrito de acusación antes del juicio. La acusación tuvo en cuenta que el inculpado fue localizado con el botín siete días después de los hechos y no había más pruebas para poderlo incriminar un robo. Al haber transcurrido una semana y no existir pruebas directas de que Cristian P.D. fuera la persona que rompió los cristales para acceder a los coches, se le atribuyó un delito de receptación, que castiga a quien se lucra con efectos sabiendo que tienen un origen ilícito.
El acuerdo de conformidad alcanzado en la sala de vistas no incluye el pago de la responsabilidad civil. Los efectos que no pudieron ser recuperados (el secador, la ropa y el dinero) no se le pueden atribuir porque no estaban en su poder.
Por su parte, los daños materiales ocasionados en los vehículos, que consistieron principalmente en la rotura de las lunas para acceder al interior, fueron asumidos por las compañías aseguradoras. En el caso del primer vehículo, la compañía AXA se personó como actor civil en la causa pero no será resarciada en la vía penal.
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