Una sentencia ya cerró una discoteca como Desorden
LOCAL "GEMELO"
Una sentencia clausuró un local en 2003 igual que Desorden debido a que las obras estructurales matan la licencia antigua
Un fallo judicial firme de 2003 cerró una discoteca “gemela” de la actual Desorden, en la misma calle Valle Inclán, estableciendo que las obras estructurales matan la licencia antigua. El juez desmontó entonces los informes municipales bajando él mismo al sótano a comprobar la realidad. La reapertura de la discoteca Desorden (Valle Inclán, 3), autorizada por el gobierno de Gonzalo Pérez Jácome bajo el paraguas de una licencia de 1982, podría tener los días contados si se aplica la jurisprudencia de la ciudad. Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Ourense emitida en el año 2003, a la que ha tenido acceso este medio, ya condenó al Concello por permitir una operación idéntica en la acera de enfrente, en el número 8 de la misma calle, cuyos vecinos fueron defendidos por el abogado Alfredo Lorenzo Bermúdez.
El documento pone en entredicho la estrategia seguida por los actuales técnicos municipales para validar el local, si bien cabe decir que la entrada en vigor de la Lei de Fomento do Emprendemento de Galicia, en 2013, ha cambiado ciertos requisitos, argumento al que los técnicos se agarraron en este caso.
El punto de inflexión de aquella sentencia, dictada por el magistrado Pedro Escribano Testaut, fue la desconfianza ante los informes de las partes y del perito. Mientras que en el caso actual de Desorden los técnicos han validado la licencia para señalar que el local está “en condiciones equivalentes” a 1982, en 2003 el juez decidió acudir personalmente. En una diligencia de inspección ocular, el magistrado bajó al sótano del número 8 y contrastó los planos de la licencia original con la realidad física. Lo que encontró contradijo informes periciales previos: se habían eliminado aseos, cerrado una escalera de acceso y modificado la ubicación de la barra.
Además, la sentencia establece un principio clave: la doctrina del sustrato físico. El fallo recoge textualmente que “si las condiciones físicas del local concernido se alteran significativamente, desaparece el sustrato físico de la propia licencia”. En otras palabras: la licencia de 1982 no es un cheque en blanco eterno.
Aplicando este criterio al caso Desorden, la licencia actual sería nula de pleno derecho. Según esta sentencia antigua, estas obras obligaría a tramitar una licencia nueva y hacen imposible un simple “cambio de titularidad”.
El juez no solo anuló el permiso, sino que ordenó imperativamente al Concello que iniciase el expediente de caducidad de la licencia por “abandono de la actividad”. El magistrado determinó que, al haber estado el local cerrado largo tiempo, la licencia había muerto. Una situación calcada a Desorden (antigua Fifties o Dayamon), que permaneció precintado desde 2019 hasta su rescate por la actual promotora.
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