Suspendida una trabajadora de una gasolinera de Ourense por usar el móvil, consumir productos sin pagar y jugar con boletos de la ONCE

TSXG

El TSXG confirma la sanción de un mes sin empleo ni sueldo a una trabajadora de una gasolinera por usar reiteradamente el móvil, consumir productos sin pagarlos y otras conductas durante su jornada.

Una cámara de vigilancia captó las conductas de la trabajadora.
Una cámara de vigilancia captó las conductas de la trabajadora. | ARCHIVO

Utilizar mucho su teléfono móvil, consumir productos sin abonar el importe, jugar con boletos de la ONCE y hablar durante más de una hora con un cliente. Estas son las conductas realizadas por la trabajadora de una gasolinera que motivaron que la empresa la sancionase sin empleo ni sueldo durante un mes.

La relación laboral comenzó en febrero de 2002 con un contrato temporal que un año más tarde se transformó en indefinido. Su categoría profesional era clara: expendedora-vendedora. Sin embargo, su comportamiento durante la jornada la llevó a ser sancionada.

Las cámaras de videovigilancia captaron varias conductas que la empresa calificó como grave o muy grave. Una de las más recurrentes el uso del teléfono móvil particular. El 25 de octubre de 2022 lo utilizó 19 veces con una duración de 19 minutos y 35 segundos. Al día siguiente, el tiempo aumentó y superó la media hora. Esta actitud la replicó hasta cinco veces en menos de un mes.

Las infracciones no solo se limitaron al móvil. Las cámaras mostraron como cogió en una ocasión un producto para consumo propio abonando un precio inferior al estipulado y como tres veces más lo hizo sin abonar el importe. Además, grabaron a la trabajadora “jugando” con los boletos de rascar de la ONCE de la gasolinera durante su turno.

La empresa también le afeó la actuación que tuvo al permanecer hablando con un cliente, sin realizar ninguna función, hasta las 12,53 horas cuando la venta se registró a las 11,37. Por todo ello, le impuso una sanción de un mes sin sueldo ni empleo, una decisión que no compartió la perjudicada.

Vía judicial

La trabajadora acudió al Juzgado de lo Social para revocar la decisión. No consiguió que le diesen la razón y recurrió ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Su representación legal pidió cambiar los hechos probados para añadir que no había sido advertida previamente de que sus conductas fueran objeto de sanción y que no existía una instrucción de trabajo que se lo prohibiera. Un argumento que los magistrados rechazaron.

Además, aludió a que las faltas habían prescrito, ya que sucedieron entre el 25 de octubre y principios de noviembre de 2022, pero la sanción se impuso a finales de enero de 2023, por lo que se sobrepasó el plazo de 60 días. No lo comparte del todo el alto tribunal gallego, que indica que las faltas graves sí prescribieron, pero las muy graves no. Por ello, avala la sanción a la trabajadora.

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