Despedida en Ourense por vejar a una compañera enferma de cáncer

MALOS TRATOS

La trabajadora relata que le dijo expresiones como: “Piensa ahora todo lo que te vas a ahorrar en tintes”

Publicado: 05 mar 2025 - 06:15 Actualizado: 05 mar 2025 - 11:43

Imagen de la fachada del TSXG (foto: TSXG)
Imagen de la fachada del TSXG (foto: TSXG)

Una empresa decidió despedir a la directora de un centro de estética ubicado en Ourense aduciendo malos tratos de palabra, abuso de autoridad, faltar el respeto a sus compañeros y la transgresión de la buena fe contractual. La gota que colmó el vaso fue un escrito a la compañía de una de las empleadas, a la cual le diagnosticaron un cáncer de pulmón en octubre de 2023, en el que denunciaba expresiones vejatorias y humillantes por parte de la directora tras conocerse su enfermedad.  

En su escrito relató que la directora le dijo frases como: “Piensa ahora lo que te vas a ahorrar en tinte (riéndose y mofándose delante de una compañera)”; “Ahora todo el mundo te viene a abrazar porque tienes cáncer”; “La gente siempre quiere hablar contigo porque haces lo que te sale del coño”; “Tengo pruebas con tu consumo de alcohol”; “Te gusta hacerte la víctima y dar pena, por eso le pediste a Bárbara que te rapase el pelo”. 

 Fue ridiculizada

Esta empleada también señaló que sufrió amenazas y calumnias buscando su despido, llegando a ser ridiculizada frente a sus compañeras. Además, mencionó que tuvo que gestionar conflictos con clientes generados por la mala praxis de la directora, quien la hizo responsable de los daños causados, situación que le generó una crisis de ansiedad por la que tuvo que ir a urgencias. Asimismo, señala que no es la primera empleada que ha pasado por una situación así y al respecto alude a la alta rotación de personal del centro. 

En este sentido, otra trabajadora también refirió por correo haber sufrido acoso por parte de la directora, lo que provocó que no continuase en el centro, ya que afectaba a su salud mental. Indicó haber recibido manipulaciones, ofensas, humillaciones y presión incluso fuera de su hora de trabajo. 

No fue la única. La técnico esteticista del centro, quien causó baja voluntaria, afirmó que renunció por los insultos a compañeros de trabajo y por la insistencia de la directora de fomentar la denuncia a la empresa y de generar insurgencia, incluso motivando a sus subordinadores a cerrar el local por retrasos con el pago de la nómina pese a estar la compañía en el plazo legal para el abono de la misma.

Estos son las situaciones que la compañía reflejó en su carta de despido, en la que le explicó que la extinción de su contrato a partir del 16 de enero de 2024. Ante esta decisión, la empleada cesada optó por recurrir a la Justicia y el Juzgado de lo Social número 1 de Ourense estimó en parte su demanda, ya que condenó a la empresa a abonarle 802 euros en concepto de liquidación y finiquito, pero declaró el despido procedente

Pide la prescripción

Ante esta sentencia, la defensa de la empleada cesada presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Entre los argumentos a los que hizo referencia, aludió a que la sentencia del Social reconoce la prescripción de los hechos que en la carta de despido atribuyen a la demandante respecto a dos empleadas, al haber transcurrido el plazo de 60 días desde que se recibieron en la empresa los correos y la fecha de despido. Al respecto, pide que también se aprecie la prescripción en relación con los hechos que denunció la empleada diagnosticada de cáncer. En este sentido, indica que no hay constancia de que la comunicación tuviera entrada en la empresa el 4 de enero de 2024. Sin embargo, la Sala aprecia que existen “causas probadas de entidad suficiente para el despido de la trabajadora”. 

“Estamos ante una situación en la que se han pronunciado por la demandante las expresiones vejatorias e irrespetuosas hacia una compañera de trabajo en un contexto de enfermedad de dicha compañera que se recogen en los hechos probados, por tanto ante la falta muy grave (…) el despido de la demandante se considera justificado”, señalan los magistrados. En este sentido, el TSXG desestimó el recurso de suplicación.

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