La víctima de un disparo en Coles es poco creíble para el TSXG

Ratifica la absolución de la Audiencia de los tres acusados de un intento de homicidio en Coles

Los tres hombres absueltos, el día del juicio.
Los tres hombres absueltos, el día del juicio.

La escasa credibilidad del denunciante ha vuelto a ser la clave de una absolución. La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ratificó la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense en la que exoneraba a David E. S., su padre Francisco E.L. y a Jairo C. A. de un delito de intento de homicidio en Coles. Según se recoge en este último pronunciamiento, los magistrados no consideran probada la presencia de los inculpados en el lugar de los hechos.

Con respecto a uno de ellos, explican que la ubicación de su terminal telefónico lo sitúa en la zona, pero no en el lugar concreto; y en relación a otro de los investigados indican que no concuerda su descripción física con la que proporciona el recurrente. Esta resolución del alto tribunal gallego admite recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La Sala señala, respecto al tercer sospechoso, que carece de pruebas de que cometiera el delito, al ofrecer la víctima “distintas versiones, probablemente porque el negocio que tenían entre manos había sido de naturaleza ilícita -venta de drogas-, lo que comporta un difícil equilibrio entre la verdad y la autodefensa de una imputación”.

El relato de Pablo B.S. ya no ofreció credibilidad a los magistrados de la Audiencia de Ourense por la falta de solidez y consistencia, y optó por exonerar a los tres hombres acusados de querer matarlo con un disparo que le alcanzó la nalga.

El tribunal de primera instancia ya consideró acreditado que la víctima y uno de los acusados se bajaron del vehículo en el que circulaban y que el primero, “tras ver una segunda persona que iba armada, forcejeó con ella, consiguiendo huir y recibiendo un disparo que le alcanzó en la nalga derecha”. Sin embargo, los magistrados concluyen que no se ha probado que David lo hubiese llevado hasta la localidad de Penasalvas (Coles) el 11 de enero de 2021 para atentar contra su vida ni que hubiese dado la orden de dispararle, así como que el padre de este investigado hubiese tenido participación alguna en estos hechos. La sala tampoco entiende acreditado que un tercer procesado (Jairo) fuese el autor del disparo ni que estuviese en el lugar de los hechos.

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