La Justicia libra a San Cibrao de 800.000 euros en multas

SENTENCIA JUDICIAL

El Concello tampoco deberá pagar una indemnización de 82.000 euros al caducar el expediente

Vertidos en el río Barbaña.
Vertidos en el río Barbaña. | ÓSCAR PINAL

Dos sentencias de la Audiencia Nacional se tradujeron en un enorme ahorro económico para San Cibrao das Viñas. La Justicia anuló dos multas por vertidos tóxicos al río Barbaña por una cuantía total de 800.506 euros. Para dimensionar la cifra, esta cantidad equivale al 10% del presupuesto anual del Concello. En ambos casos, la sanción fue impuesta por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico en 2022 tras sendos expedientes incoados por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS).

El primero de ellos comenzó con una denuncia formulada por el Centro de Atención de Emergencias de la Xunta en junio de 2009 ante el vertido de aguas residuales de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de San Cibrao en el cauce del río Barbaña.

Sin embargo, fue suspendido por la apertura de diligencias penales que culminaron con una sentencia absolutoria en 2018, la cual resultó firme en febrero de 2019. En ese momento, el Consejo de Ministros reaccionó levantando la suspensión del procedimiento abierto, pero también quedó en nada: el Concello fue sancionado, pero la multa fue anulada por la Justicia al haber caducado el expediente. Decisión que fue firme en febrero de 2021

Sin embargo, el tema no quedó ahí y la CHMS incoó otro expendiente ese mismo año. Este corrió la misma suerte, ya que la Audiencia Nacional cree que ya se había agotado el plazo de prescripción. Por ello, anuló la multa impuesta al Concello -300.000 euros-, aunque mantuvo la obligación de indemnizar por los daños producidos al dominio público hidráulico con 70.102 euros.

Por una razón casi idéntica San Cibrao se libró de otra sanción de la CHMS, en este caso de 500.000 euros. Al igual que en el anterior caso, el expediente sancionador fue incoado por vertidos al río Barbaña, aunque en esta ocasión se abrió en octubre de 2018 y todo transcurrió de forma muy similar a la anterior vez y el final fue muy parecido.

La Audiencia Nacional considera que el expediente caducó, por lo que anula la sanción de medio millón de euros y va más allá. Los jueces también anulan la obligación impuesta al Concello de indemnizar al dominio público hidráulico con 82.164 euros. Contra ambas sentencias cabe recurso.

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