El Estatuto del Becario llega tras dos años de desconcierto

CONSEJO DE MINISTROS

El objetivo es determinar los periodos de formación no laboral que se pueden realizar en la empresa

Un grupo de estudiantes en prácticas en su puesto de trabajo.
Un grupo de estudiantes en prácticas en su puesto de trabajo.

El Consejo de Ministros aprobará la Ley del estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa, conocido como el Estatuto del Becario, más de dos años después de que el Ministerio de Trabajo y Economía Social presentara la norma con los sindicatos. La vicepresidenta segunda y ministra Yolanda Díaz reconoció que, aunque existía “un acuerdo de diálogo social”, había “discrepancias” con el PSOE para su aprobación.

El Estatuto del Becario regula los periodos de formación práctica no laboral en empresas y establece un régimen sancionador con multas de hasta 225.000 euros por infracciones muy graves. Según el anteproyecto, las infracciones se consideran graves cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas por edad, discapacidad, sexo, origen, religión, orientación sexual o ideas políticas, así como represalias ante reclamaciones de igualdad.

Además, obliga a las empresas a compensar los gastos de los alumnos, como desplazamiento, alojamiento o manutención, “por una cuantía mínima suficiente para compensar todos aquellos en los que la persona en formación práctica en la empresa incurra como consecuencia de esta”. Las prácticas extracurriculares se limitan a 480 horas o al 15 % de los créditos ECTS de la titulación, incluyendo también prácticas de máster, doctorado y títulos propios bajo ciertas condiciones.

El anteproyecto fija obligaciones para los estudiantes, como cumplir la normativa del centro formativo, conocer y respetar el proyecto formativo y seguir las indicaciones de la persona tutora asignada por la empresa bajo la supervisión de la persona tutora académica.

Confidencialidad becaria

También deberán incorporarse a la empresa en la fecha acordada, cumplir los horarios, respetar las normas de seguridad y prevención de riesgos laborales y desarrollar el proyecto formativo con diligencia. Los becarios deben mantener confidencialidad sobre la información interna y guardar secreto profesional durante y tras finalizar la práctica. Además, deben mostrar “en todo momento una actitud respetuosa hacia la política de la empresa, salvaguardando el buen nombre del centro formativo al que pertenece”.

La norma también busca determinar los periodos de formación práctica no laboral que se pueden realizar en el ámbito de la empresa y desarrollar el régimen jurídico que los ordena. Según el Ministerio, el objetivo es garantizar los derechos de los alumnos y establecer un marco claro de responsabilidad y obligaciones para las empresas que los acogen, fomentando la transparencia y la protección de los estudiantes.

Asimismo, se prevé que este Estatuto contribuya a reducir los abusos en prácticas no remuneradas o en condiciones irregulares, promoviendo la equidad y el reconocimiento del trabajo formativo. El Ministerio subraya que, aunque la norma generó debate interno y discrepancias políticas, pretende sentar un precedente para que las prácticas sean una verdadera oportunidad de aprendizaje.

Los rectores y la patronal rechazan el anteproyecto de ley

La CRUE Universidades Españolas rechazó el proyecto del Estatuto del Becario, al considerarlo “una amenaza” para el modelo actual de prácticas en el sistema universitario. Los rectores critican que la negociación se realizara con sindicatos y patronal, cuando las prácticas “son un asunto estrictamente académico” y su regulación corresponde al Ministerio de Universidades y a las propias universidades. La organización también se opone “radicalmente” a la compensación obligatoria de los gastos de los estudiantes, ya que considera que podría alterar la naturaleza formativa de las prácticas y poner en riesgo la autonomía universitaria.

Por su parte, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) expresó una posición “contraria” al acuerdo, tanto “por la forma”, al entender que no debe aprobarse durante la disolución de las Cámaras, como “por el fondo”, al considerar que limita las horas de prácticas e incrementa la burocracia, afectando la empleabilidad y el vínculo entre teoría y trabajo. La patronal advirtió que estas restricciones podrían dificultar la colaboración entre universidades y empresas, limitar la adaptación de los estudiantes al mercado laboral y frenar la adquisición de competencias. También teme que la norma introduzca rigidez en los convenios y que el aumento de trámites administrativos reduzca la oferta de plazas formativas, perjudicando la experiencia educativa de los alumnos.

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