Vuelo cancelado por huelga de Ryanair: plazos y compensaciones disponibles
derechos como pasajero
La huelga de Ryanair ya está en marcha, afectando a los principales aeropuertos de España. En esta guía mostramos los derechos garantizados por la ley, desde el reembolso del billete hasta compensaciones de hasta 600 euros, dependiendo de la antelación y la distancia del vuelo.
La empresa Azul Handling, que presta servicios en tierra a la aerolínea Ryanair, ha confirmado una huelga para los próximos días 15, 16 y 17 de agosto, coincidiendo con uno de los periodos de mayor movilidad en España. Los paros afectarán a los aeropuertos de Alicante, Barcelona, Girona, Ibiza, Lanzarote, Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Santiago de Compostela, Sevilla, Tenerife Sur y Valencia. Además, la convocatoria se extiende a todos los miércoles, viernes, sábados y domingos hasta el 31 de diciembre de 2025.
Ante la previsión de cancelaciones y retrasos, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha emitido un comunicado recordando a los viajeros que una huelga confirmada no es considerada una "causa de fuerza mayor", por lo que los pasajeros tienen derecho a ser compensados. El Tribunal Superior de Justicia Europeo ha respaldado esta postura, dejando claro que una huelga, sea legal o no, no exime a las aerolíneas de sus obligaciones.
Conoce los derechos: plazos y compensaciones
Si un vuelo es cancelado por esta causa, los pasajeros tienen derecho al reembolso del precio del billete en un plazo máximo de siete días, además de una compensación automática que varía en función de la antelación con la que se recibe el aviso:
- Si la cancelación se anuncia con dos semanas o más de antelación, Ryanair estará obligada a reembolsar el importe del billete, pero no a pagar una indemnización automática.
- Si la notificación se produce entre 14 y 7 días antes del viaje, se tiene derecho a compensación si no se ofrece un vuelo alternativo con un retraso superior a dos horas en la salida o cuatro horas en la llegada.
- Si el aviso llega con menos de 7 días de antelación, la indemnización es automática a menos que se ofrezca un vuelo alternativo que salga con no más de una hora de antelación y llegue con menos de dos horas de retraso.
Las compensaciones automáticas, de carácter variable, son las siguientes:
- 250 euros para vuelos de hasta 1.500 km (se reduce a 125€ si la demora del vuelo alternativo no supera las dos horas).
- 400 euros para viajes intra-comunitarios de más de 1.500 km y para otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 km (se reduce a 200€ si la demora no supera las tres horas).
- 600 euros para trayectos de más de 3.500 km (se reduce a 300€ si la demora no supera las cuatro horas).
Es importante señalar que estas compensaciones automáticas no excluyen la posibilidad de reclamar indemnizaciones adicionales por daños individuales que el pasajero pueda demostrar.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
Lo último