SANIDAD

El Sergas pagará 100 mil euros por el retraso en un diagnóstico en el CHUO

photo_camera El Complexo Hospitalario de Ourense.

El paciente fue tratado de una lumbalgia y cuando se descubrió el tumor falleció poco después

Una viuda ourensana y sus dos hijos recibirán un total de  100.000 euros del Sergas por el retraso en el diagnóstico de un cáncer de vías urinarias que desembocó en la muerte de D.J.B.C. (70 años), tal como dictamina una sentencia del Juzgado Contencioso 2 de Santiago que  admite recurso de apelación.

La revisión de las pruebas que acreditaban la enfermedad tumoral se demoraron casi un año, por lo que el juez entiende que la tardanza mermó las opciones de tratamiento del paciente así como sus posibilidades de recuperación. La argumentación del fallo, tal como alegaba la familia, asesorada por el abogado Cipriano Castreje, acredita mala praxis en la asistencia prestada en el CHUO.

El paciente, a lo largo del año 2013 y gran parte de 2014, referenció un fuerte dolor en la espalda en la zona renal por lo que le fueron pautados múltiples tratamientos para una lumbalgia. Pese a la severa analgesia, el dolor persistió. Después de un año, se le practicó una ecografía abdominal que evidenció una diltación anómala, por lo que ordenaron una prueba diagnóstica, concretamente una urografía intravenosa, que se le realizó en diciembre  de 2013. D.J.B.C. quedó a la espera de los resultados de esta prueba para determinar la existencia o no de una enfermedad tumoral, que conoció en noviembe de 2014 en las consultas externas de Urología.

Ese resultado confirmó la existencia de la enfermedad tumoral que progresó en un año, según señaló el perito judicial oncólogo de un posible estadio II, perfectamente curable con una probabilidad próxima al 100%, a un estadio IV cuando le fue comunicado el resultado.

En el CHOU, a la vista de ese primer resultado , le realizaron una segunda prueba -urotac- para confirmar el estadiaje de la enfermedad oncológica, encontrándose ya en estadio IV y susceptible únicamente de tratamiento paliativo. De hecho, el paciente falleció  mes y medio después.

El fallo judicial acoge los argumentos de Castreje, señalando que "consta un retraso diagnóstico que no se puede justificar" entre la realización de la prueba y su visualización. El propio servicio de Urología señaló que no puede justificar que una prueba diagnóstica de sospecha de una patología severa pueda tardar un año en ser revisada, no constando la causa del retraso, con progresión de la enfermedad. Ello disminuyó las opciones terapéuticas y de curabilidad del proceso patológico.

El abogado de la familia ha subrayado la importancia de que los pacientes no esperen a que la "burocracia" sanitaria les permita acceder a una resolución médica. Por ello, ha instado a los usuarios de la sanidad pública y privada pendientes de pruebas diagnósticas a reclamar la atención de las mismas una vez pasado un tiempo prudencial. "Hay que dejar por escrito la huella de la queja porque puede estar en juego la vida", recomienda. En este caso "dramático" -añade-, pese a que se denunció y se obtuvo una compensación económica, "se produjo un daño irreparable que pudo haber sido evitado." 

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