El Gobierno excluye la práctica de la pesca y la caza deportivas de las actividades permitidas durante la fase 1 de la desescalada que arranca este lunes en Galicia. Así lo recoge la orden publicada en el BOE este mismo sábado, donde en la disposición final segunda, punto 2, se especifica lo siguiente:
«2. A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no profesional de los deportes individuales que no requieran contacto con terceros, así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo 5.
No se encuentra comprendida dentro de esta habilitación la práctica de la pesca y caza deportiva».
Los pescadores deportivos se encontraban en una especie de limbo, después de que la Xunta recordase esta misma semana que el Centro de Coordinación Operativa de la situación de emergencia sanitaria acordara dar por retomada la actividad de pesca fluvial respetando todas las medidas de protección individual y los parámetros para la realización de la actividad física al aire libre, relativas a las limitaciones impuestas sobre los desplazamientos y lugares permitidos, los requisitos para evitar el contagio y las franjas horarias permitidas.
Según la interpretación de la Xunta, la pesca fluvial está amparada en la orden del 1 mayo al ser una actividad deportiva ejercida individualmente y al aire libre; y no una actividad agraria, tal y como apuntaron desde el Gobierno central. La Xunta señalalaba que la orden SND/388/2020, del 3 de mayo, por la que se regula la práctica del deporte profesional y federado no excluye la pesca fluvial como deporte federado, y permite expresamente los deportes federados que se desarrollen en los ríos y en los embalses.