Desescalada

Hasta 25 personas en velatorios y misas al 50% en fase 2

Una cruz de piedra junto a una iglesia. (Foto: Unsplash)
photo_camera Una cruz de piedra junto a una iglesia. (Foto: Unsplash)
Los territorios que pasan este lunes a la siguiente fase de la desescalada podrán celebrar velatorios con hasta 25 personas al aire libre y 15 en caso de ser en espacios cerrados

Los territorios que pasan este lunes 25 de mayo a la fase 2 de la desescalada, y que abarcan al 47 por ciento de la población española (22 millones de habitantes), podrán celebrar velatorios con hasta 25 personas al aire libre y 15 en caso de ser en espacios cerrados.

La orden establece que en la fase 2 los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de 25 personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.

Además, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

En todo caso, el Ejecutivo establece que deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

Misas al 50%

Los lugares de culto en estos territorios, además, podrán celebrar ceremonias con un 50% del aforo. Según la Orden del Ministerio de Sanidad publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en los territorios que pasen a la fase 2 "se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo".

Además, se indica que el aforo máximo deberá publicarse en un lugar visible del espacio destinado al culto y que se deberán cumplir las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

En concreto, el Ministerio de Sanidad señala que deberán aplicarse los requisitos previstos en el artículo 9, apartados 2 y 3, de la Orden del 9 de mayo, en la que que se recomiendan, entre otras medidas, el uso de mascarilla con carácter general o el uso de asientos individuales o bien manteniendo la distancia en los bancos.

Asimismo, se aconseja la desinfección del lugar de culto; la organización de las entradas y salidas, y la puesta a disposición de los fieles de dispensadores de geles hidroalcohólicos. No se permitirá el uso de agua bendecida ni el contacto personal, ni la actuación de coros. Igualmente, se limitará el tiempo de las celebraciones.

La Orden de Sanidad también establece que, en el caso de los musulmanes, deberán usar alfombras personales y se ubicará el calzado en los lugares estipulados, embolsado y separado; y que las abluciones rituales (lavado de diferentes partes del cuerpo para purificarse antes de la oración) deberán realizarse en casa.

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