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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado en un año, de 15 a 14 años, la pena de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a uno de los cinco condenados por la violación grupal de los Sanfermines de 2016 en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN sostiene que la condena debe reducirse puesto que el propio Tribunal Supremo señaló en su sentencia que imponía una condena de 15 años, “próxima” o “cercana” al mínimo legal, unos mínimos que la citada "Ley del sí es sí" rebajó “sensiblemente”.
La sentencia que condenó a los cinco condenados por la violación en grupo a una joven en Pamplona, en julio de 2016, durante los Sanfermines, afirma que "buscaron expresamente la situación", sin que la víctima tuviera conocimiento alguno" de lo que iba a suceder.
Así lo dijo en su día la resolución de la Sala de lo Penal del alto tribunal. El Supremo acordó elevar las condenas para los cinco acusados a 15 años de prisión por un delito continuado de violación con las agravantes específicas de trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas.
Según dijo la sentencia, "del relato fáctico se desprende, con total claridad, que los acusados buscaron expresamente la situación, sin que la víctima tuviera conocimiento alguno, desde el momento mismo en que conocieron que la joven estaba sola y que no encontraba a sus amigos".
En el nuevo marco legal, en base a la "Ley del sí es sí", esta condena se ve ahora rebajada en un año para uno de los condenados.
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