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PERFIL DEL ACUSADO
La alarma de Seguritas Direct del galpón donde vivía el acusado sonará en varias ocasiones en este proceso penal. Precisamente, esa instalación de seguridad se ha convertido en un arma de ataque o defensa tanto para el letrado de la acusación particular que representa a los padres de la joven fallecida como para la abogada defensora.
Jorge Temes ya avanzó la importancia de la alarma en su exposición preliminar de ayer ante el jurado para presentar su tesis acusatoria. Diego Rodríguez Torres “cantó” los nueve números del código de seguridad al empleado de la central que llamó a su casa cuando en la madrugada del 19 de febrero de 2021 se activó el aviso sonoro. Sucedió pocos minutos después del crimen, ya que consta en el sumario que el superviviente llamó a su padre para informarle del brutal ataque a las 04.52 horas y la alarma se activó a las 04.58. Según expuso el abogado, incluso Diego pidió de entrada al empleado de Seguritas su clave de identificación para comprobar que efectivamente era una llamada procedente de la empresa de seguridad privada y así poder seguir conversando. Para el letrado, la conversación en sí y la secuenciación de los nueve dígitos (91511001 con un número que no se entiende, pero se da por válido) denota cordura y planificación. “Después de un brote psicótico, nadie podría hablar así”, aseguro Temes.
Ahora bien, donde la acusación aprecia racionalidad, la defensa detecta paranoia, delirio, miedo y una desconexión de la realidad. Diego Rodríguez Torres vivía en A Batundeira en un galpón. Tan siquiera tenía un baño para asearse, pero sí un completo sistema de seguridad para proteger sus propiedades: el perímetro de la finca y el bajo donde residía él solo (su madre estaba allí casualmente la noche del crimen). El galpón era una estancia sin dividir, con una cama en el suelo, un destartalado sofá y una cocina tipo americana, pero sin rastro de ducha o inodoro. Uno de los agentes destacó que la estancia, “una especie de garaje, estaba “sucia y desordenada”.
La abogada de Diego mantiene que “es un enfermo y debemos juzgar a un enfermo”, con una discapacidad del 69%. En el momento de los hechos, llevaba nueve meses sin medicar “porque tiene una nula conciencia de su enfermedad y piensa que no está enfermo”. Mónica Víctor recordó al jurado que curiosamente las acusaciones intentaron traer al Sergas a este proceso penal como responsable civil subsidiario “en varias ocasiones”, ya que no saltaron las alarmas cuando dejó de tomar la medicación. El Juzgado de Instrucción 2 no lo consideró pertinente. “Diego es víctima de la enfermedad y del abandono de los servicios públicos a este tipo de enfermos”.
Para la fiscal, Elena Fernández, la patología mental no impedía al encausado tener una vida normalizada con una novia hasta el verano anterior y un trabajo en la ayuda a domicilio.
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