Así termina la operación Zamburiña, que puso patas arriba a la policía de Ourense

El juicio se celebró en enero y febrero de 2021, en plena pandemia.
photo_camera El juicio se celebró en enero y febrero de 2021, en plena pandemia.

El Supremo desestima el recurso de la fiscal contra la absolución de cuatro policías y otros nueve acusados de tráfico de drogas: “No bastan simples conjeturas para autorizar escuchas telefónicas; las sospechas deben estar objetivadas”

La sentencia 53/2023 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acaba de poner punto final a la  Operación Zamburiña, el tsunami que movió los cimientos de la Comisaría de As Lagoas al poner bajo la lupa una trama de supuesta corrupción policial. Los 11 folios del fallo del alto tribunal, que se unen a los 8.500 acumulados durante la tramitación de la causa, desestiman el recurso de la Fiscalía, que se oponía a la absolución de los 13 acusados, incluidos 4 agentes del Grupo de Estupefacientes, acordada el 22 de febrero por la Audiencia de Ourense

Los magistrados de la Audiencia habían tumbado toda la operación, que se auspició desde la propia Policía Nacional a través de uno de los grupos  de Asuntos Internos, al anular el primer auto dictado por el Juzgado de Instrucción 1 que autorizaba las escuchas telefónicas de ocho policías que se prolongaron durante nueve meses. Los investigadores dieron credibilidad a un anónimo (enviado desde la quinta planta de la sede policial) que alertaba del robo de armas en la Comisaría, entre otros delitos.

Cocaína y heroína

El alijo de siete kilos de cocaína y heroína aprehendido el 10 de noviembre de 2015 dejó de existir porque las escuchas fueron ilegales. La investigación de Asuntos Internos para amparar las intervenciones telefónicas era demasiado vaga -“sin constatación objetiva alguna, salvo suspicacias”- para vulnerar el secreto de las comunicaciones.

La corrupción policial descansaba en un único hecho demostrado: la sustracción de seis pistolas del armero de la Comisaría, un asunto cuya autoría descansa en otros protagonistas, también policías: los que supuestamente enviaron el anónimo. Uno de ellos falleció de un tiro en la cabeza y los otros dos están imputados por su muerte. En  este caso, la fiscal asegura que no hay pruebas de homicidio y sí de suicidio.

El Supremo no acepta el recurso para ir a juicio porque “para autorizar una intervención telefónica no bastan simples sospechas, hipótesis o meras suposiciones o conjeturas”. Se exige -recuerda- “que las sospechas estén objetivadas”.  Y, en este caso, concluye que no era así. 

El anónimo dio paso a una  investigación que planteó una serie de indicios con los que se justificaron las escuchas. Insuficientes, según los magistrados del Supremo, “para enervar el derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones”. Eso sí, aclara que la actuación de la fiscal no vulneró el derecho a una tutela judicial efectiva “en la medida que su razonamiento no es ilógico”.

Tras casi 9.000 folios de Zamburiña y  siete años y medio después, no hubo condena pero sí aciagas consecuencias.  Precipitó la jubilación de dos de los policías acusados -Felipe M.A. y Mercedes C.G.- mientras que el inspector Antonio R.F. cambió la calle por los números (el Grupo de Estupefacientes por el Servicio de Estadística del Cuerpo). Solo José Antonio R.F.  sigue “persiguiendo a los malos”, en Seguridad Ciudadana.

La inculpada para la que se pedía más pena, Josefa P.G., alias Pucha, la persona a la que, según la fiscal, los policías inculpados dejaban traficar a sus anchas a cambio de que entregase a otros narcos, falleció mientras esperaba la resolución del Supremo.

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