A juicio un vecino de Celanova por vender droga en un club de alterne

COCAÍNA Y CANNABIS

La cocaína y cannabis intervenidos a un vecino de Celanova fueron valorados en 28.000 euros. Según el fiscal, el inculpado no era consumidor

Los efectos intervenidos en el registro del club.
Los efectos intervenidos en el registro del club.

El dueño del Limbo, un conocido club de alterne ubicado en la altura del kilómetro 19,800 de la OU-540, en A Barxiña (Celanova), será juzgado este lunes en la Audiencia de Ourense por supuestamente vender droga en su negocio. El fiscal reclama hasta ocho años de cárcel para Eladio G.M. así como una multa de 112.019,68 euros, el cuádruple del valor de la droga objeto del delito.

La acusación pública asegura que el inculpado vendía tanto dentro del negocio como en las inmediaciones del establecimiento que regenta. “Los clientes acuden a la barra del local cuando está abierto al público y le piden la sustancia, que el acusado entrega previo pago”, asegura el fiscal en su escrito de acusación.

El inculpado, que llegó a ingresar en prisión provisional por este asunto, fue detenido el 5 de julio del pasado año tras el registro practicado en el local O Limbo y los anexos. Según informó la Guardia Civil en ese momento, la pareja de Eladio también lo había denunciado por violencia de género.

230 gramos de cocaína

Los agentes hallaron 230,8 gramos de cocaína con un valor en el mercado negro, en caso de venta en gramos, cercano a los 24.000 euros. También encontraron resina de cannanbis y dinero.

Según el informe relativo al valor en el mercado ilícito de la droga intervenida, el valor total de la sustancia asciende a 28.004,92 euros (24.141,09 euros la cocaína y 3.863,83 euros el hachís).

En el establecimiento y anexos los agentes también encontraron útiles propios que se utilizan para el tráfico de drogas e indiciarios de dicho tráfico como plásticos listos para envasar, cordel azul para atar las bolsitas, utensilios para trocear el hachís y libretas con anotaciones de sumas y nombres de personas conocidas por la fuerza actuante como consumidores. También documentos de identidad y documentos de vehículos de personas conocidas por los agentes como consumidores entregados en prenda hasta saldar las deudas que mantenían, y dinero en efectivo en la cuantía de 8.020 euros.

El acusado, según el fiscal, no ostenta la condición de consumidor habitual, según el informe médico forense aportgado al procedimiento penal. Tampoco se objetivaron antecedentes de consumo o dependencia a sustancias tóxicas.

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