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Provocar un incendio forestal está castigado con una pena de cárcel de entre 10 y 20 años en los casos de mayor gravedad, una multa económica y responsabilidad civil por daños y perjuicios (artículo 351 del Código Penal). Sería la horquilla de una hipotética condena si el incendio de Verín se demuestra que fue doloso (provocado) y puso en peligro la vida e integridad de las personas y teniendo en cuenta las hectáreas afectadas (600). Si el incendio es provocado, pero no hay peligro para las personas, está castigado con penas de prisión de 1 a 3 años. A eso se le suma la indemnización por daños y perjuicios de la responsabilidad civil, es decir, los daños que haya ocasionado al dominio público, los bienes individuales y los costes que haya tenido la Xunta en cuanto a la extinción del incendio.
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