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Marcos R.U. fue condenado por "stalking" (acoso ilegítimo) a un año de prisión. Tampoco podrá acercarse a menos de 200 metros y comunicar con la denunciante durante dos años. La sentencia considera probado el "calvario" que sufrió la perjudicada, quien, incluso cambió de trabajo para que el acosador le perdiera la vista tras una semana de baja laboral.
La víctima conoció al acusado en la panadería que trabajaba ya que era un cliente habitual. Tras quedar para tomar algo e intercambiar los teléfonos, el inculpado comenzó a seguirla, presentarse en su lugar de trabajo a diferentes horas del día y seguirla por la calle. Incluso hay constancia documental de las 188 llamadas de teléfono que le hizo entre el 8 y el 11 de julio de 2018, además de 100 mensajes. Posteriormente, pese a una resolución judicial que le prohibía comunicar con ella, la siguió llamando. Hubo una sentencia de conformidad que también se incumplió.
El acoso al que fue sometido la mujer se tradujo "en una grave alteración de su vida cotidiana, en su esfera personal, familiar y laboral". Tuvo que dejar de acudir a lo sitios que frecuentaba para evitar que la siguiera
La sentencia del Penal 1 también impone el pago de 3.000 euros por el daño moral provocado.
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