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La instrucción de la extitular de Instrucción 1 de Lugo Pilar de Lara -la jueza sancionada por el Consejo General del Poder Judicial por “su forma desordenada y poco rigurosa de trabajar”- ha perdido otro Pokémon en el tortuoso camino de la investigación iniciada en el año 2008 y que fue bautizada en 2011. La jueza de Instrucción 2 de esa ciudad, Sandra Piñeiro, acaba de archivar la pieza en la que se investigaban las donaciones a partidos políticos en las elecciones municipales de mayo de 2011 a raíz de los registros realizados y la documentación incautada en la Operación Pokemon de la jueza De Lara y Vigilancia Aduanera. “Simples hipótesis investigativas no corroboradas por las diligencias practicadas”, asegura ahora la magistrada Piñeiro.
En esas diligencias -una de las 36 piezas en las que quedó desgajada la Operación Pokemon-, había dos expolíticos ourensanos imputados, el expresidente de la Diputación de Ourense José Luis Baltar, y el exedil del BNG en el Concello de Ourense Fernando Varela, entre los 12 imputados. También figuraba el delegado de Vendex Doal en Ourense, Adrián Cordero González, el grupo epicentro de la Pokemon y que, en el caso de la ciudad de Ourense, asumía el servicio de grúa y la ORA.
De Lara los investigó porque presuponía que los políticos favorecieron al grupo empresarial que en su día comandó Gervasio Rolando Rodríguez Acosta para conseguir dinero que iba a la “caja B” de los partidos (no había facturas ni recibís). El resto de los investigados que quedan exonerados por esta decisión judicial son: Julio Antonio Flores Pérez, José María Tutor Lemos, Estrella Roca Naviera, Alberto Antonio Quintana Vilarelle, Mercedes Carbajales Iglesias, Xoan Xosé Martínez Cajigal, Angel Luis Espadas Díez y Javier Manuel Reguera Pérez.
La jueza Piñeiro asegura en su auto de sobreseimiento que “no hay ningún indicio racional de criminalidad que permita sustentar” el supuesto sistema de financiación ilícita a las formaciones políticas gobernantes o con posibilidades de hacerlo en los concellos en los que Vendex tenían adjudicaciones. En la instrucción inicial, se daba por supuesta una conexión medial entre la supuesta financiación ilegal y las presuntas adjudicaciones ilícitas o la obtención de información privilegiada para ir por delante en los concursos a los que se presentaban.
Además, la togada recuerda que el delito de financiación ilegal de los partidos políticos se introduce en la legislación penal por primera vez en 2015. Es decir, el tipo penal imputado “no estaba vigente a la fecha de las supuestas donaciones efectuadas en 2011 y analizadas por el Servicio de Vigilancia Aduanera en sus informes”. Se elevó, así, añade la magistrada, a conductas criminales de los que en esa fecha eran “conductas sancionables desde el exclusivo plano administrativo en virtud de la entonces vigente Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos”.
El auto deja claro que “con los datos obrantes en las actuaciones y pese a las investigaciones a lo largo de los años, que incluyó -recuerda la jueza- medidas limitativas de los derechos fundamentales, en relación con la documental incautada en los registros e informes policiales, no es posible encajar penalmente las conductas analizadas de supuesta financiación ilegal en ninguna de las figuras delictivas previstas y penadas en el Código Penal en la redacción vigente a la fecha de los hechos”.
Varela aseguró ayer a La Región que “o tempo pon a cada un no seu sitio”, pero lamentó diez años de “sufrimento ” por una justicia muy lenta.
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