“Temor y subyugación”: la vida con el homicida de Viana que maltrató a su mujer e hija menor cuando vivían juntos

VIOLENCIA MACHISTA

Manuel Mouriño admite que maltrató a su mujer e hija menor cuando vivían juntos en Esgos, Ourense

Manuel Mouriño, ayer en el Penal 2 de Ourense.
Manuel Mouriño, ayer en el Penal 2 de Ourense. | Miguel Ángel

La sombra de la violencia ha vuelto a envolver a Manuel Mouriño Faria (44 años), condenado por el homicidio de Montserrat Martínez en Viana do Bolo hace más de dos décadas (14 de abril de 2001). Regresó al banquillo, esta vez en el Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense por la violencia machista ejercida sistemáticamente contra su esposa y la hija menor de ambos.

Mouriño Faria evitó el desarrollo del juicio oral al llegar a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y el letrado de la acusación particular, reconociendo íntegramente los hechos y aceptando una condena que combina prisión, trabajos en beneficio de la comunidad y un largo periodo de alejamiento, tras admitir haber convertido su hogar en un escenario de golpes, humillaciones y amenazas de muerte.

Aceptó seis meses de cárcel, trabajos comunitarios, 11 años de alejamiento y 12.000 euros de indemnización

En virtud del acuerdo ratificado en la sala de vistas tras hora y media de negociación entre las partes, se rebaja la petición inicial de la fiscal (siete años de cárcel) a cambio de la confesión: la sentencia firme impone a Mouriño seis meses de prisión por un delito de maltrato habitual, además de un total de 270 días de trabajos en beneficio de la comunidad, desglosados en 225 días correspondientes a tres delitos de maltrato físico (lesiones de menor entidad) y 45 días más por amenazas. La protección de las víctimas se asegura mediante una prohibición de aproximarse o comunicarse con su mujer y su hija durante un periodo de 11 años. En el plano económico, el penado deberá indemnizar a las perjudicadas con un total de 12.000 euros por los daños morales -7.000 para su esposa y 5.000 para su hija-, cantidad que abonará con un pago fraccionado a razón de 200 euros mensuales. El ingreso o no en prisión para cumplir los seis meses se decidirá por parte de la jueza en el trámite de ejecución de sentencia.

Lo que Mouriño Faria ha reconocido ante la jueza no es un episodio aislado, sino una dinámica de terror continuado. Según el escrito de acusación aceptado como veraz, tras retomar la relación con su pareja en 2019, tras salir de prisión por el homicidio de Viana, y casarse ese mismo año, instauró en el domicilio de Esgos un clima de absoluto “predominio”.

El relato de hechos probados describe cómo Mouriño menospreciaba a su mujer, controlaba el dinero, obstaculizaba su acceso al trabajo y la agredía físicamente, una violencia que se extendió también a la hija menor de la pareja, nacida en 2008. Entre los hechos reconocidos destacan el ocurrido en febrero de 2021, cuando arañó la cara de su esposa con ambas manos en la cocina, y una agresión en el verano de 2022, cuando a las 2:00 de la madrugada le propinó un puñetazo en el rostro mientras estaban en la cama, para luego tirarla al suelo y patearla en la espalda y la cabeza.

El episodio que finalmente precipitó el fin de la impunidad tuvo lugar en junio de 2023 tras una discusión, momento en el que Mouriño envió un mensaje de WhatsApp a la víctima con el icono de una escopeta abierta siendo cargada, acompañado de la frase: “No podemos esperar que Dios haga todo”. El miedo había impedido que la mujer denunciara hasta marzo de aquel año, cuando se activaron los protocolos de protección.

Historial

Manuel Mouriño Faria no es un delincuente primario en lo que respecta a la violencia contra las mujeres. En abril de 2001, con apenas 19 años, mató a Montserrat Martínez en Viana do Bolo tras coincidir en un pub y reunirse en un parque de la localidad, ocultando su cuerpo aun con vida en unos matorrales de Cabo de Vila. Fue detenido nueve años después, cuando residía en Ibiza con la víctima de este último proceso judicial, tras una laboriosa investigación de la Guardia Civil. Y aunque sus antecedentes penales no computaron a efectos de reincidencia legal en esta causa por el paso del tiempo, el patrón de agresividad volvió a irrumpir al salir de prisión.

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