Un trabajador del servicio contraincendios podrá cobrar nocturnidad

Una sentencia del Juzgado de lo Social Número 1 de Ourense ha reconocido el derecho de un trabajador del Servicio de Defensa contraincendios a percibir las retribuciones correspondientes a las jornadas nocturnas realizadas a lo largo de 2008.

LR

Publicado: 20 jun 2009 - 12:54 Actualizado: 10 feb 2014 - 23:41

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