Más de 400.000 nuevos votantes en estas elecciones generales, pendientes del Tribunal Supremo

VOTO EN SUSPENSO

Iustitia Europa y Vox reclaman al Supremo medidas para impedir que 408.262 nuevos electores afectados por la “ley de nietos” voten en las elecciones del 29 de noviembre

Un cartero entrega en una mesa el voto por correo.
Un cartero entrega en una mesa el voto por correo. | Europa Press

Iustitia Europa y Vox pidieron el lunes al Tribunal Supremo que tome medidas para “garantizar” que la suspensión cautelar del voto de los extranjeros nacionalizados por la denominada “ley de nietos”, acordada en septiembre, se aplique en las elecciones generales del 29 de noviembre. Presentaron sendos escritos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Según los escritos, con el censo electoral de referencia estarían en riesgo 408.262 electores censados en el extranjero que se han incorporado desde 2023 hasta el 1 de agosto. El artículo 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que el censo para cada elección “será el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria”.

Vox e Iustitia Europa piden que se garantice la suspensión cautelar de la “ley de nietos”

En este caso, es el cerrado el 1 de agosto de 2026, antes de la suspensión cautelar que acordó el Supremo, según señaló Iustitia Europa.

Iustitia Europa pidió que su petición se tramite de manera “urgente” y reclamó al Supremo que “acuerde las actuaciones de ejecución y concreción que resulten necesarias para garantizar que las medidas cautelares adoptadas por esta sala desplieguen plena eficacia en las elecciones generales de 29 de noviembre antes de que las inscripciones concernidas puedan producir efectos dentro del procedimiento electoral”.

La organización argumentó que “entre las inscripciones incorporadas al censo electoral vigente pueden encontrarse personas comprendidas en el ámbito subjetivo respecto del cual la Sala acordó cautelarmente la suspensión de efectos electorales”. Recordó además que el Supremo paralizó “la inscripción censal” para quienes todavía no figuraban en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y que, para los ya inscritos, acordó “la suspensión de los efectos electorales de su inscripción respecto de los procesos electorales que pudieran convocarse mientras permaneciera vigente la medida”.

El 8 de septiembre, el Supremo suspendió cautelarmente, hasta que dicte sentencia, el derecho a voto de las personas ya inscritas en el CERA que obtuvieron la nacionalidad mediante la disposición de la Ley de Memoria conocida como “ley de nietos”, salvo que acrediten que familiares sufrieron exilio. El tribunal estableció que las nuevas inscripciones afectadas quedarían suspendidas una vez finalizada su tramitación. El censo para los comicios del 29 de noviembre incluirá las inscripciones de quienes sean mayores de edad el día de la votación. Lo componen el censo electoral de españoles residentes en España (CER) y el CERA.

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