ESTADO "CRÍTICO" DE LAS CARRETERAS
Las carreteras españolas tienen 225 millones de toneladas de asfalto menos de lo que deberían
COEFICIENTE REDUCTOR
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos que permitirán anticipar la edad de jubilación en actividades penosas o peligrosas mediante la aplicación de coeficientes reductores.
En concreto, la norma establece los criterios, basados en indicadores objetivos, para permitir el adelanto de la edad ordinaria de jubilación a las personas que desarrollen su actividad profesional en ocupaciones de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad y no puedan beneficiarse de una mejora de sus condiciones de trabajo.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha resaltado que el contenido de esta norma, que ha calificado como un "hito" para el tejido productivo, es fruto del acuerdo que firmaron CCOO, UGT, CEOE y Cepyme con el Gobierno en julio de 2024 y da cumplimiento a lo establecido en la reforma de pensiones de 2021.
"Sabemos que hay trabajos en especial dureza y otros que se hacen especialmente duros en los años últimos de vida laboral. No es sólo una intuición, los datos avalan que hay actividades con mayor siniestralidad y, en particular, hay actividades con más accidentes de trabajo y con más enfermedades profesionales asociadas", ha subrayado la ministra Saiz.
En este sentido, ha explicado que el Real Decreto define de forma más exhaustiva la naturaleza de las actividades profesionales que puedan acceder a estos coeficientes reductores.
Así, dentro de los criterios para determinar la penosidad de una actividad, se encuentran, por ejemplo, la exposición a temperaturas extremas, ruido o vibraciones; el uso permanente de la fuerza física, y la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos.
En cuanto a la toxicidad, estarán bajo esta condición los trabajos con exposición a agentes físicos, químicos o biológicos agresivos o nocivos.
La peligrosidad, por su parte, contempla actividades susceptibles de causar un accidente laboral o enfermedad profesional al trabajador con un mayor grado de incidencia o frecuencia que en otros trabajos.
Por último, la insalubridad se refiere a actividades con exposición a un ambiente susceptible de ser perjudicial para la salud del trabajador.
Para acreditar la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de estos coeficientes reductores, la norma establece una fórmula basada en "indicadores objetivos".
Así, se tendrá en cuenta la incidencia del número total de procesos de incapacidad temporal del colectivo durante un periodo de observación en relación al total de trabajadores del colectivo, tanto de contingencia común como de profesional, para cada grupo de edad y sexo.
Se tomará también en consideración la incidencia de sucesos graves que mide el número total de fallecimientos y reconocimientos de incapacidad permanente del colectivo en relación con el total de trabajadores de dicho grupo.
Al mismo tiempo, habrá también un indicador de duración media para medir el número total de días de los procesos de incapacidad en relación con el conjunto de procesos.
Posteriormente, la Seguridad Social se encargará de elaborar un informe de morbilidad y mortalidad, en los términos descritos en el Real Decreto, donde se tendrán en cuenta otros factores como las contingencias comunes, las profesionales, la edad, el sexo, la rotación en el trabajo, la parcialidad, el tamaño de la empresa o la distribución geográfica.
El procedimiento previo para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación no afectará a los trabajadores que ya disfruten de ese anticipo, como los trabajadores del mar, mineros o personal de vuelo, entre otros.
La aplicación de los coeficientes reductores que se establezcan conllevará un incremento en la cotización a la Seguridad Social para ese colectivo que se fijará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año.
En ningún caso, la aplicación de los correspondientes coeficientes reductores podrá anticipar la edad de jubilación de los trabajadores a una edad inferior de 52 años.
Asimismo, la pensión de jubilación anticipada por aplicación de coeficientes reductores no se podrá compatibilizar con el desempeño de la misma actividad que originó el adelanto.
La solicitud para iniciar el proceso será realizada conjuntamente por organizaciones empresariales, sindicales, de autónomos y, en algunos casos, por las propias administraciones públicas.
Se realizará ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, que emitirá un informe de morbilidad y mortalidad, y recabará informes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo y, si es para empleados públicos, del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Dichos informes se remitirán a una comisión de evaluación que contará con la presencia de los agentes sociales y que emitirá el informe sobre la concurrencia de circunstancias objetivas.
Una vez resuelto dicho procedimiento, se podrá iniciar la aprobación del Real Decreto correspondiente para permitir el anticipo de la edad de jubilación mediante coeficientes reductores en aquellas ocupaciones que resulten afectadas.
La ministra Saiz ha subrayado que esta medida enlaza con las últimas reformas aprobadas en materia de Seguridad Social.
Por su parte, la ministra portavoz, Pilar Alegría, ha apuntado que este cambio normativo acerca a España a las políticas ya existentes en Francia, Austria o Italia.
La ministra Saiz ha añadido que este cambio normativo "es un paso adelante en justicia social". "El sistema debe ser lo suficientemente flexible como para proteger a todos estos colectivos... la solidaridad es uno de los principios rectores de nuestro sistema de pensiones", ha concluido.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
ESTADO "CRÍTICO" DE LAS CARRETERAS
Las carreteras españolas tienen 225 millones de toneladas de asfalto menos de lo que deberían
Lo último