Colocar la bandera LGBTI en edificios públicos el Día del Orgullo no es un símbolo partidista

TRIBUNAL SUPREMO

El Tribunal Supremo ha respaldado la colocación de la bandera LGBTI en edificios públicos para conmemorar el Día del Orgullo, al considerar que no infringe la Ley de Banderas ni los principios de neutralidad de las administraciones. Sin embargo, un magistrado argumentó que su exhibición vulnera la objetividad administrativa.

Publicado: 02 dic 2024 - 19:44 Actualizado: 03 dic 2024 - 08:00

La bandera arcoíris cuelga de la fachada del Ayuntamiento de Vitoria.
La bandera arcoíris cuelga de la fachada del Ayuntamiento de Vitoria.

El Tribunal Supremo (TS) ha avalado que se coloque la bandera LGBTI con motivo de la celebración del Día del Orgullo Gay los 28 de junio en edificios públicos al considerar que "ni es un signo o símbolo de significación partidista y tampoco propugna enfrentamiento alguno".

Los magistrados han concluido que no hay impedimento para que se exhiba la bandera arcoiris en un edificio público al entender que no infringe la Ley 39/1981, de 2 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas, ni vulnera los principios de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas.

El tribunal sostiene que la bandera LGBTI "se proyecta a favor de la igualdad entre las personas, valor reconocido por la Constitución y por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea".

Además, la Sala de lo Contencioso-Administrativo recuerda que los artículos 14 y 9.2 de la Carta Magna propugnan la superación de discriminaciones por cualquier circunstancia personal y el artículo 21.1 del documento europeo llama a la proscripción de toda forma de discriminación por razón de la orientación sexual.

El Supremo se ha pronunciado así al resolver dos recursos: uno de Abogados Cristianos contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón, que rechaza; y otro de la Diputación de Valladolid contra una resolución del TSJ de Castilla y León, que estima.

En el caso deAragón, la bandera LGBTI se exhibió en el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza. En Castilla y León, la bandera arcoiris ondeó en el patio interior de la Diputación Provincial de Valladolid. Abogados Cristianos recurrió en ambos casos y el asunto, tras pasar por los tribunales de dichas comunidades autónomas, ha terminado sobre la mesa del Supremo.

Un magistrado en contra

Las sentencias, que han sido ponencia del presidente en funciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Pablo Lucas, han contado con el voto particular del magistrado José Luis Requero Ibáñez.

Requero discrepa de la mayoría del tribunal al considerar que colocar la bandera arcoiris en un edificio público infringe la obligación de neutralidad y objetividad de las Administraciones Públicas prevista en el artículo 103.1 de la Constitución.

El magistrado argumenta que el movimiento LGTBI se refiere a "siglas que reúnen diversas tendencias sexuales que sustentan postulados varios, entre ellos los de la llamada ideología de género, que no son pacíficos y respecto de los que hay división en la sociedad, ya sea por razón de creencias o de ideología".

En este sentido, sostiene que "una cosa es la consecución de objetivos inspirados, según la ley, en principios plausibles como son los de igualdad, respeto, inclusión y tolerancia y otra que una administración pública vaya más allá del cumplimiento de esos objetivos legalmente previstos y venga a abanderar -la expresión es intencionada- unos postulados ideológicos controvertidos que hay tras el símbolo que desencadena el litigio".

La negativa del alcalde de Valladolid

El alcalde de Valladolid, el "popular" Jesús Julio Carnero, ha señalado que, pese a la sentencia del Tribunal Supremo, en el Ayuntamiento de la ciudad no se mostrará enseña alguna que no sean las oficiales.

Así lo ha asegurado Carnero al ser preguntado por la resolución judicial sobre un hecho que motivó varias denuncias en los años 2021 y 2022 contra el Ayuntamiento de Valladolid por parte de la asociación Abogados Cristianos.

Pese a la resolución del alto tribunal que avalaría colocar banderas como la LGTBI en un balcón de un edificio institucional, Carnero ha subrayado que ello no supondrá una modificación en la manera de proceder del Ayuntamiento de Valladolid desde que llegó a la Alcaldía en junio de 2023 gracias al apoyo de Vox.

"Fui bastante claro con este tema, que en el balcón del Ayuntamiento de Valladolid lo único que se cuelgan son las banderas oficiales", ha aseverado el regidor.

Carnero ha añadido que entiende que "con otros gobiernos" los ayuntamientos colgaran en sus balcones distintas "señas, banderas, noticias o pancartas", pero en el caso del Ayuntamiento de Valladolid asevera que "no es el caso".

"Lo dije, lo reitero, lo repito: únicamente las banderas oficiales, que son las que en este momento se pueden ver si se acerca a la Plaza Mayor y nada más que ellas. Este año, y el año que viene, y los años sucesivos, mientras este alcalde sea alcalde", ha enfatizado Jesús Julio Carnero.

La respuesta de Tudanca, secretario del PSOE en Castilla y León

El secretario del PSOE en Castilla y León, Luis Tudanca, ha recordado que hace un año Manos Limpias le puso una denuncia por poner la bandera LGTBI en las dependencias del Grupo Parlamentario Socialista en el Día del Orgullo y ha destacado que con la sentencia del Supremo que ha avalado la colocación de la bandera arcoíris en los edificios públicos "ganan los derechos y la libertad".

Ha asegurado el dirigente del PSOE en Castilla y León: "no es un signo o símbolo de significación partidista y tampoco propugna enfrentamiento alguno".

"Hoy, ganan los derechos, gana la libertad. Hoy, pierden las derechas. También el PP, ha apostillado el secretario autonómico del PSOE que ha recordado también que, además de la denuncia por parte de Manos Limpias, hace dos años el presidente de las Cortes, Carlos Pollán, de Vox, le "amenazó" con mandar a la Policía por poner la bandera LGTBI.

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