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El presidente de la Audiencia Provincial de Ourense, Antonio Piña, indicó que hay disparidad de criterio entre los distintos juzgados de España sobre la devolución del dinero por parte de los bancos a los clientes que sufran una estafa mediante suplantación de la identidad, conocida como “phishing”. “En Galicia las audiencias están manteniendo dos posiciones”, explicó. En Ourense, la Justicia mantiene que hay obligación de devolución porque el banco debe tener medios para monitorizar esas operaciones.
De hecho, el pasado mes de febrero, el Juzgado de Primera Instancia de Ourense obligó al Banco Santander a devolver 3.200 euros a una clienta que había sido estafada por una suplantación de identidad. Lo hizo al considerar que la entidad bancaria no había demostrado que existiese una negligencia grave en la actuación de la víctima que exonerase de responsabilidad al Santander, ni que proporcionase a su cliente los mecanismos para evitar el uso fraudulento de su medio de pago.
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