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REFORMA PROCESO PENAL
El Gobierno ha aprobado este martes la nueva Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que moderniza por completo el sistema penal español y sustituye a la normativa vigente desde 1882. Se trata de la mayor reforma del proceso penal en la historia reciente de España, cuyo principal cambio es que la instrucción de las causas penales pasará a ser dirigida por la Fiscalía.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha explicado que la reforma “adapta el modelo español al europeo, de modo que los jueces estén para juzgar y ejecutar lo juzgado, y la investigación la lleve la Fiscalía”. Según el Gobierno, la ley persigue un sistema más ágil, eficaz y garantista, en el que un juez de garantías supervisará las decisiones del Ministerio Fiscal durante la investigación.
A continuación, las siete claves principales de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal:
Por primera vez, la Fiscalía será la responsable de dirigir las investigaciones penales, en lugar de los jueces de instrucción. El modelo, que se aplica en la mayoría de los países de la Unión Europea, busca agilizar los procedimientos y reforzar las garantías procesales, separando claramente las funciones de investigar y juzgar.
La reforma introduce la figura del juez de garantías, que se encargará de proteger los derechos fundamentales de las partes y controlar las decisiones del fiscal. Este juez autorizará medidas cautelares como la prisión provisional, velará por la duración razonable de la investigación y revisará los recursos interpuestos frente a las resoluciones del fiscal.
La nueva ley amplía las garantías procesales tanto de los investigados como de las víctimas. Se regulan de forma expresa derechos como el de la presunción de inocencia, y se establece que las medidas cautelares —como la prisión provisional— deberán revisarse de oficio cada seis meses. Asimismo, se refuerza la protección de las víctimas más vulnerables, especialmente menores y personas con discapacidad, incorporando medidas del Estatuto de la Víctima para evitar su revictimización.
La LECrim introduce la regulación del uso de nuevas tecnologías de investigación, como análisis de ADN, huellas dactilares, evidencias digitales, identificación biométrica remota y sistemas basados en inteligencia artificial. Estas técnicas permitirán combatir de forma más eficaz la criminalidad y adaptar el sistema penal a la era digital.
La ley limita la participación en la acusación popular, excluyendo a partidos políticos, sindicatos y entidades públicas. Solo podrán ejercerla las personas o asociaciones con un interés legítimo en la causa, especialmente en delitos de corrupción, violencia de género, odio o financiación ilegal de partidos.
Esta medida ha generado discrepancias en el Gobierno de coalición: Sumar ha mostrado su rechazo, al considerar que “limita la capacidad de control de la sociedad civil sobre los abusos de poder”.
La reforma incluye una profunda modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para reforzar su independencia y autonomía.
El mandato del Fiscal General del Estado (FGE) se amplía a cinco años, y no coincidirá con el del Gobierno. Además:
El proyecto de ley, que será remitido ahora al Congreso para su tramitación parlamentaria, entrará en vigor el 1 de enero de 2028. Solo afectará a los procedimientos iniciados a partir de esa fecha, mientras que los procesos anteriores continuarán rigiéndose por la actual ley de 1882. El cambio no afectará al actual Fiscal General del Estado, cuyo mandato concluye en 2027.
El Ejecutivo defiende que esta reforma supone “un paso histórico hacia un proceso penal más garantista, transparente y adaptado al siglo XXI”.
Según Bolaños, la nueva Ley de enjuiciamiento criminal permitirá que España “se sitúe al nivel de los sistemas judiciales europeos más modernos”, equilibrando la independencia de jueces y fiscales con la protección de los derechos fundamentales.
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