El Supremo rechaza anular la condena al ex fiscal general Álvaro García Ortiz por revelación de secretos

DESESTIMADO

El Tribunal Supremo desestima los incidentes de nulidad presentados por Álvaro García Ortiz y mantiene su condena por revelación de secretos, aunque con voto particular discrepante.

Publicado: 26 feb 2026 - 15:27 Actualizado: 26 feb 2026 - 15:28
El exfiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
El exfiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. | Europa Press

El Tribunal Supremo ha rechazado los incidentes de nulidad presentados por la Abogacía del Estado, en representación del ex fiscal general Álvaro García Ortiz, y por la Fiscalía contra la sentencia que le condenó por un delito de revelación de secretos.

Según el auto dictado este jueves y recogido por Europa Press, los magistrados que juzgaron el caso descartan anular la condena impuesta el pasado mes de noviembre, aunque la decisión cuenta con el voto particular discrepante de las magistradas Susana Polo y Ana Ferrer, partidarias de declarar la nulidad del fallo y absolver al exjefe del Ministerio Fiscal.

García Ortiz fue condenado a dos años de inhabilitación para cargo público, una multa de 7.200 euros y el pago de una indemnización de 10.000 euros por la filtración de datos reservados relativos a Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

La Sala de lo Penal sostiene que la libertad de expresión, incluso en su vertiente institucional, “no ampara la publicación de una nota informativa con datos confidenciales” conocidos por razón del cargo. Los magistrados subrayan que la relevancia pública del asunto o la defensa de la institución no eliminan la antijuridicidad de la conducta.

El alto tribunal insiste en que García Ortiz “no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”, al considerar acreditado que la revelación de secretos se produjo tanto por la filtración del correo electrónico en el que el empresario se ofrecía a reconocer un presunto delito fiscal como por la posterior nota de prensa emitida por la Fiscalía.

El ex fiscal general defendía en su recurso que actuó para proteger la credibilidad e independencia del Ministerio Fiscal frente a ataques institucionales, alegando que la libertad de expresión debía interpretarse de forma amplia en ese contexto.

Voto particular discrepante

Las magistradas Polo y Ferrer reiteran en su voto particular que la condena vulnera la presunción de inocencia y el principio de legalidad penal. Ambas sostienen que varios periodistas declararon haber conocido el contenido del correo antes de la publicación de la nota informativa de la Fiscalía.

A su juicio, dicha nota no reveló información nueva, ya que los datos ya habían sido difundidos previamente por distintos medios de comunicación, por lo que consideran que los indicios valorados por la sentencia mayoritaria no eran suficientes para fundamentar una condena penal.

El auto impone además a García Ortiz la mitad de las costas procesales derivadas del incidente de nulidad presentado.

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