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NUEVA SENTENCIA
El Tribunal Supremo (TS) dictó una nueva sentencia en la que refuerza su postura de que los jueces pueden investigar “hechos distintos” a los recogidos en una denuncia inicial. Así, avala investigaciones como la del juez Juan Carlos Peinado, cuya instrucción del denominado “caso Begoña Gómez” ha ido más allá de los hechos denunciados por Manos Limpias en la querella que dio origen al procedimiento.
En una sentencia, el tribunal incide en que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) permite al juez instructor investigar “hechos distintos de aquellos que dieron lugar a la incoación del proceso”. En este sentido, entiende que “no es aceptable” que se pretenda que los hechos investigados queden “perfectamente definidos” cuando se abre una causa.
“Sólo cuando los hechos van siendo esclarecidos, en el curso de la investigación, es posible, y exigible, que la acusación quede claramente perfilada, tanto fáctica como jurídicamente”, señala. Sobre este extremo, además, considera que “es factible que la investigación se extienda a hechos nuevos o a periodos temporales no contemplados inicialmente”.
En la resolución, de la que fue ponente el magistrado Eduardo de Porres, el Tribunal Supremo recuerda que ya en 2015 dijo que la “notitia criminis” -tener conocimiento de un presunto hecho delictivo- es “suficiente para que se ponga en marcha la investigación judicial del delito”. No obstante, precisó que la causa debe estar delimitada a unos hechos concretos.
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