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TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Dean Spielmann, ha concluido que algunas disposiciones de la ley de amnistía podrían ser incompatibles con el derecho a la tutela judicial efectiva, pero ha aclarado que la extinción de la responsabilidad contable o penal prevista por la norma no vulnera el Derecho de la Unión Europea.
Las conclusiones, presentadas este miércoles, servirán de base para que el TJUE resuelva las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional en relación con la aplicación de la amnistía impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez.
En la primera de sus dos propuestas de sentencia, Spielmann analiza el perdón de los actos contables vinculados al referéndum del 1-O y a la acción exterior del Govern, en los que el Tribunal de Cuentas reclamaba 3,2 millones de euros a los expresidentes Artur Mas y Carles Puigdemont, además de a una treintena de ex altos cargos de la Generalitat.
El abogado general considera que “la protección de los intereses financieros de la Unión no se opone a la extinción de la responsabilidad prevista en la amnistía”, dado que no existe un vínculo directo entre esos actos y una reducción actual o potencial de los ingresos comunitarios.
No obstante, advierte que la exclusión total de la revisión judicial de esas decisiones podría chocar con el derecho a la tutela judicial efectiva, protegido por el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.
En su segunda propuesta, Spielmann se pronuncia sobre la aplicación de la amnistía a los 12 presuntos miembros de una célula de los Comités de Defensa de la República (CDR) acusados de integración en organización terrorista y fabricación o tenencia de explosivos.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitaba hasta 27 años de prisión para ocho de ellos antes de la entrada en vigor de la ley.
El abogado general sostiene que la amnistía es una materia de competencia exclusiva de los Estados miembros, ya que no está armonizada en el Derecho europeo, y añade que la Directiva sobre terrorismo de la UE “no contiene ninguna disposición que prohíba expresamente el uso de mecanismos de extinción de la responsabilidad penal”.
En consecuencia, Spielmann considera que amnistiar a los acusados de los CDR no es contrario al Derecho de la Unión, aunque subraya que corresponde a los tribunales nacionales garantizar que se respeten los principios fundamentales del Estado de derecho y la tutela judicial efectiva.
Estas conclusiones no son vinculantes, pero el TJUE suele seguir en gran medida el criterio del abogado general en su sentencia definitiva, que se espera en los próximos meses.
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