Condenan al Sergas a pagar 60.000 euros a una mujer por no detectar un cáncer que le provocaba parálisis facial

LA RESOLUCIÓN DEL TSXG

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia condena al Sergas a pagar 60.000 euros por no haber detectado a tiempo un cáncer de parótida que causó parálisis facial a la afectada, debido a un retraso en el diagnóstico y la falta de pruebas adecuadas.

Servizo Galego de Saúde (SERGAS)
Servizo Galego de Saúde (SERGAS) | Archivo

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por una mujer contra el Sergas debido a la falta de diagnóstico oportuno de un cáncer de parótida que le provocó parálisis facial, lo que resultó en un daño severo para su salud. El tribunal ha condenado a la administración sanitaria a pagar 60.000 euros como indemnización por los daños y perjuicios causados por la atención sanitaria deficiente.

El caso comenzó con un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo, que en julio de 2024 desestimó la demanda de la mujer contra una resolución de la Consellería de Sanidade de septiembre de 2023, que había rechazado su reclamación por responsabilidad patrimonial. La afectada alegó que los errores en la valoración de las pruebas médicas y la falta de seguimiento adecuado condujeron al diagnóstico tardío de un cáncer, lo que empeoró su situación.

Según la afectada, a pesar de haber sufrido cuatro parálisis faciales en el tiempo, la Administración sanitaria no tomó las medidas necesarias para investigar la causa de estas dolencias. En particular, argumentó que, si se hubieran realizado pruebas médicas en 2018, tras la segunda parálisis facial, el cáncer de parótida se habría detectado en una fase menos avanzada, lo que habría evitado que fuera necesario extraer el nervio facial y que la paciente sufriera las secuelas actuales. Además, señaló que, si el cáncer hubiera sido detectado antes, habría tenido muchas menos probabilidades de desarrollar metástasis.

La defensa del Sergas se basó en que los informes periciales eran de un especialista en Medicina Interna y no de un oncólogo, y en que las pruebas realizadas no indicaban la presencia de un tumor. Además, argumentaron que no se pudo detectar el carcinoma porque los resultados anteriores fueron normales. Sin embargo, el TSXG subrayó que la mujer sufrió cuatro episodios de parálisis facial, lo que debería haber obligado a la administración a investigar más a fondo el origen de la dolencia.

El tribunal concluyó que la demora en el diagnóstico tuvo un impacto negativo en la salud de la afectada, quien padece un cáncer agresivo con un difícil pronóstico. Finalmente, el TSXG apreció un daño indemnizable derivado de la demora en la detección del tumor cancerígeno, ordenando la indemnización de 60.000 euros como compensación por los perjuicios sufridos.

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