La eólica gallega espera reactivar 64 parques paralizados

SECTOR ESTRATÉGICO

La Xunta y el sector están pendientes ahora de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE

Aerogeneradores en un parque eólico en la provincia de Ourense.
Aerogeneradores en un parque eólico en la provincia de Ourense. | Miguel Ángel

La confirmación por parte del Tribunal Supremo de la legalidad del acuerdo administrativo que autorizó el parque eólico de Campelo, entre los municipios coruñeses de Coristanco y Santa Comba abre la vía a que se levante la paralización a la que están afectados otros 64 parques eólicos, impuesta por el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) de Galicia. La revocación que hace el Supremo de la sentencia del TSXG es la tercera, tras las sentencias revocatorias de diciembre de 2023 y enero de 2024 que han vuelto a ser invocadas por el alto tribunal en la resolución dictada a propósito de este parque eólico.

La actuación del Supremo supone un paso más pero no el último para despejar la incertidumbre que afecta a un sector, el eólico, que tiene en la actualidad más de setenta proyectos paralizados en Galicia. Una situación que no tiene parangón con el resto de las comunidades autónomas, lo que ha supuesto que Galicia pasase de ocupar un puesto de cabeza en generación de energía eólica al cuarto lugar, por detrás de Castilla y León, Aragón y Castilla-La Mancha, por el bloqueo en el que se encuentran instalaciones que suman más de 2.500 megavatios.

La Sección Quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal Superior de Galicia con relación al Parque Eólico de Campelo que consideraba que se había producido un fraccionamiento ficticio de dos instalaciones para no alcanzar una potencia instalada que obligaría a una tramitación diferente. El Supremo señala que el hecho de compartir instalaciones de conexión no convierte a dos parques eólicos en un único proyecto. La sentencia del Supremo también incide en las otras dos causas de suspensión de dicho parque que había argumentado el tribunal gallego, al amparo de las sentencias dictadas en 2023 y 2024, en relación con la tramitación de la fase de exposición pública.

Tras esta sentencia del Tribunal Supremo, tanto las empresas del sector como la Xunta de Galicia están pendientes ahora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al que la Sala Tercera del TSXG solicitó una triple cuestión prejudicial y que se tramitase de forma acelerada en 2024, en relación con el procedimiento de información pública llevado a cabo por parte de la Xunta previo a las autorizaciones de los parques eólicos, dentro del procedimiento de evaluación ambiental. La esperada sentencia del TJUE no solo afectará a los parques eólicos gallegos. También a los de otras comunidades autónomas en las que se aplicó de la misma manera la ley española de evaluación ambiental, vigente desde 2013. Frente a las posiciones defendidas por el tribunal gallego, de que los informes sectoriales tienen que estar a disposición pública a la hora de formular sus posibles alegaciones, tanto la Xunta de Galicia como el Ministerio para la Transición Ecológica se han personado en esta causa con argumentos totalmente opuestos, que son los que no solo se aplican en el caso de los eólicos gallegos sino también en el resto de España y de otros países europeos. La resolución del tribunal europeo podría conocerse a lo largo de este 2025.

Un sector estratégico para la lucha contra el cambio climático

La eólica es la fuente renovable por la que más ha apostado el sector energético, al no estar condicionada por períodos de sequía como sucede con las hidroeléctricas o de las horas de luz como la solar. Los avances tecnológicos han permitido mejorar el rendimiento de los aerogeneradores de tal manera que se alcance la misma potencia con menos de la quinta parte de los instalados en la actualidad en esta misma década. Eso explica que se haya considerado desde la UE un sector clave en la lucha contra el cambio climático. Galicia, que cuenta con un importante activo de vientos dominantes ha perdido su posición hegemónica en el contexto español como consecuencia de la inseguridad que implica que la autorización administrativa para poner en marcha un parque no sea suficiente ante el elevado número de autos dictados por el TSXG, más de ciento cincuenta, que han supuesto la paralización de casi 70 proyectos.

Esa falta de certeza no se resolverá hasta que el tribunal de Luxemburgo atienda la cuestión prejudicial planteada por la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG en la que se evaluarán las tesis del tribunal gallego en contraposición con las que sostienen tanto el gobierno autonómico como el central, a partir de una ley de evaluación ambiental que lleva aplicándose no solo en materia de parques eólicos (y que supuso la desestimación de más de 60 por parte de la Xunta) sino en otras muchas actuaciones, como las obras ferroviarias o las autovías, desde hace más de una década.

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