La plataforma anti ruidos de Galicia propone adelantar cierres en hostelería

HACIA EL ESTÁNDAR EUROPEO

FEGACÚSTICA exige que se modifique la orden de la Xunta de Galicia que regula los horarios de cierre de las actividades del ocio nocturno

Publicado: 18 oct 2024 - 13:20 Actualizado: 18 oct 2024 - 23:16
Ocio nocturno en Galicia.
Ocio nocturno en Galicia.

Desde la Federación Gallega contra la Contaminación Acústica (FEGACÚSTICA), proponen que se tome como referencia la normativa del Gobierno vasco que regula esta materia, porque supone una racionalización de los horarios de la actividad de la hostelería y de los pubs, acercándolos a los estándares europeos, y que solo pueden derivar en ventajas para la propia actividad, para sus trabajadores, sus usuarios y el vecindario que sufre esta contaminación acústica nocturna.

Solicitan a la Consellería de la Presidencia que, para garantizar derechos fundamentales de los ciudadanos gallegos afectados como la libertad, la intimidad familiar, la inviolabilidad del domicilio y la integridad física y al descanso y la salud, todos ellos consagrados en los artículos 15, 17 y 18 de la Constitución Española, debe procederse a modificar la Orden de 23 de octubre de 2020 que regula los horarios de cierre de las actividades del ocio nocturno.

A continuación, se adjunta una tabla con las diferencias horarios entre la normativa de Galicia y la del País Vasco:

Comparativa entre normativas de Galicia y País Vasco
Comparativa entre normativas de Galicia y País Vasco

Excepciones

En las dos comunidades se contempla una ampliación del horario de hasta 2 horas en los festivos locales, como Navidad. En el País Vasco, las ampliaciones del horario se limitan a 15 días en el año, fijados como parte de la publicación de los días festivos anuales. El Decreto 119/2019 del Gobierno del País Vasco, también racionaliza las terrazas ya que prohíbe la consumición de bebidas en el exterior de los locales a partir de las 23:00 horas.

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