Galicia tiene la capacidad ordinaria de acogida de casi 900 menores no acompañados

32,6 POR CADA 100.000

Desde mañana se activará el protocolo de traslados de los menores de Canarias a la Península con la entrada en vigor del Real Decreto 743/2025, de 26 de agosto, que publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE). Según este decreto, Galicia podría acoger a 886 menores no acompañados

Publicado: 27 ago 2025 - 10:08 Actualizado: 27 ago 2025 - 10:32

Los servicios sanitarios atienden a migrantes llegados en cayuco
Los servicios sanitarios atienden a migrantes llegados en cayuco | Europa Press Canarias

Desde mañana entrará en vigor del Real Decreto 743/2025, de 26 de agosto, y el Gobierno ha cifrado la capacidad ordinaria de los sistemas de acogida en una ratio de 32,6 plazas para menores migrantes no acompañados por cada 100.000 habitantes para el conjunto de España. Debido a este plan de reparto, Galicia contaría con una capacidad ordinaria de acogida de 886 menores no acompañados.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) acogerá esta nueva medida el miércoles y se activará de esta forma el protocolo de traslados de los menores de Canarias a la Península. Con este decreto, las comunidades y ciudades autónomas que multipliquen por tres su capacidad ordinaria serán declaradas en situación de contingencia migratoria extraordinaria, como es el caso de Canarias.

El Gobierno establece que la capacidad ordinaria de acogida es de 2.827 plazas en Andalucía, 2.650 en Cataluña y 2.325 en la Comunidad de Madrid, las tres regiones que tienen mayor capacidad ordinaria de acogida.

Además, según el real decreto aprobado este martes, Aragón tiene una capacidad ordinaria de acogida de 441 menores, Asturias de 331, Islas Baleares de 406, Canarias de 737, Cantabria de 194, Castilla y León de 783, Castilla-La Mancha de 692, Extremadura de 344, Murcia de 517, Navarra de 223, País Vasco de 731, La Rioja de 107, Ceuta de 27 y Melilla de 28.

Con este real decreto el Gobierno da cumplimiento a la disposición adicional undécima introducida en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, introducida tras la aprobación del Real Decreto-ley 2/2025, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.

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