Varapalo de Supremo a Gobierno: levanta la paralización de la ley de dependencia y eólica de la Xunta
¿EN QUÉ CONSISTE?
El Tribunal Constitucional levanta la suspensión de la homologación de dependencia y discapacidad en Galicia y reactiva también varios artículos sobre reordenación eólica mientras resuelve el recurso del Gobierno.
El Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad levantar la suspensión del artículo relativo a la homologación de los baremos de discapacidad y dependencia para agilizar la resolución de expedientes.
El precepto había quedado suspendido tras la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central. El alto tribunal considera que no se han acreditado "perjuicios irreparables en el interés público o de particulares".
La decisión llega después de la controversia política generada en las últimas semanas. La conselleira de Política Social e Igualdade de la Xunta de Galicia, Fabiola García, había reclamado al Ejecutivo de Pedro Sánchez la retirada del recurso, al considerar que provocaba retrasos y más trabas para las personas dependientes gallegas.
¿Qué supone la medida que la Xunta defiende?
La medida de la Xunta de Galicia en materia de dependencia consiste en homologar automáticamente los baremos de discapacidad y dependencia para agilizar los trámites administrativos.
¿En qué se traduce?
- Cuando una persona obtiene un determinado grado de dependencia, la Administración gallega puede reconocer de forma automática un porcentaje equivalente de discapacidad, sin obligarla a pasar por una segunda valoración independiente.
- Se trata de una orientación técnica para los profesionales, con el objetivo de unificar criterios y reducir duplicidades.
- La finalidad es acortar los plazos de resolución y evitar que los solicitantes tengan que someterse a dos procedimientos paralelos para acreditar situaciones que, según la Xunta, guardan una relación directa.
¿Qué efectos tiene?
El reconocimiento del grado de discapacidad puede dar acceso a:
- Beneficios fiscales.
- Deducciones y ayudas económicas.
- Determinados servicios y derechos sociales.
Según la Xunta, el sistema permitió resolver decenas de miles de expedientes en un año y reducir tiempos de espera.
Reordenación eólica
El Pleno también ha levantado la suspensión de varios apartados del artículo 30 de la misma ley, relativos a la reordenación espacial y tecnológica de los parques eólicos en Galicia.
En este ámbito, el tribunal concluye que los eventuales perjuicios para las competencias estatales son hipotéticos o futuros, ya que muchas de las medidas dependen de desarrollos posteriores de planificación. Por ello, los preceptos recuperan igualmente su plena vigencia hasta que se dicte sentencia sobre el fondo del recurso.
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