España destina 170.000 euros a la asistencia sanitaria de emigrantes vulnerables en Chile
AYUDAS EN EL EXTERIOR
El convenio con la Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia contempla una cobertura para 32 beneficiarios, con una aportación de 111 euros mensuales por persona
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha suscrito un convenio con la Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia de Chile para garantizar asistencia sanitaria subvencionada a emigrantes españoles residentes en el país que carezcan de recursos suficientes o no dispongan de una cobertura sanitaria adecuada.
El acuerdo, firmado el pasado 14 de septiembre y publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado, establece las condiciones para prestar esta atención a los beneficiarios de las prestaciones por razón de necesidad reguladas por la normativa española.
El convenio, que será efectivo a partir del 18 de noviembre de 2026, tendrá una duración inicial de cuatro años y contempla un máximo estimado de 32 beneficiarios. El Ministerio abonará a la entidad chilena 111 euros mensuales por cada persona atendida, una cantidad que podrá ser revisada anualmente en función de la evolución del Índice de Precios al Consumidor de Chile. En total, el compromiso económico máximo del Estado asciende a 170.496 euros durante los cuatro años de vigencia del acuerdo.
Atención médica, pruebas y medicamentos
La cobertura permitirá a los beneficiarios acceder sin coste a atención sanitaria ambulatoria, consultas de especialidades, pruebas diagnósticas y análisis de laboratorio, además de las prestaciones farmacéuticas contempladas en el convenio.
La Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia dispone de instalaciones clínicas y hospitalarias propias y cuenta, además, con acuerdos con distintos centros sanitarios y profesionales. Entre las prestaciones previstas figuran análisis clínicos, radiografías, ecografías, TAC, resonancias, pruebas cardiológicas y otros estudios diagnósticos.El convenio también contempla la atención médica especializada y las visitas domiciliarias cuando sean necesarias. Los medicamentos se facilitarán previa prescripción médica y, con carácter general, serán genéricos, salvo que existan razones sanitarias que justifiquen la utilización de un fármaco de marca.
Cada persona que se incorpore al programa deberá someterse inicialmente a una evaluación médica integral, con revisión y análisis clínicos para determinar su estado de salud. Esta valoración se repetirá anualmente, aunque también podrán realizarse revisiones extraordinarias cuando se produzcan cambios relevantes en la situación médica del paciente.
Los beneficiarios residentes en la Región Metropolitana deberán acudir al Centro Médico de la Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia, situado en Avenida Ejército número 180, en Santiago, desde donde serán derivados a los profesionales o centros que correspondan. Para los españoles beneficiarios que residan en otras zonas del territorio chileno, la entidad deberá establecer acuerdos con profesionales, centros médicos y laboratorios adscritos al sistema Fonasa, con el objetivo de garantizar el acceso a la asistencia sanitaria también fuera de Santiago.
La gestión de las personas beneficiarias corresponderá a la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada de España en Chile, que comunicará mensualmente a la entidad las altas y bajas del programa.
Un convenio de cuatro años
El acuerdo se enmarca en el derecho a la protección de la salud reconocido por el Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior y en la regulación de las prestaciones por razón de necesidad para españoles residentes en el exterior.
La normativa permite establecer convenios específicos para garantizar asistencia sanitaria a quienes carezcan de cobertura en su país de residencia o dispongan de una protección considerada insuficiente cuando exista una situación de necesidad acreditada.El convenio tendrá vigencia hasta noviembre de 2030, aunque podrá prorrogarse por un máximo de cuatro años adicionales mediante el correspondiente acuerdo entre las partes.
Una comisión de seguimiento, integrada por representantes de la Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia, de la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y del Consejo de Residentes Españoles en Chile, supervisará la aplicación del acuerdo y velará por la equidad en la atención a los beneficiarios.
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