El PP pide a la JEC excluir del censo del 29-N las inscripciones de la "Ley de nietos" suspendidas por el Supremo
ELECCIONES
La formación de Núñez Feijóo reclama que la medida cautelar se aplique al censo cerrado a 1 de agosto y que las instrucciones se comuniquen a las juntas provinciales, consulados y oficinas del censo
El Partido Popular ha solicitado a la Junta Electoral Central (JEC) que excluya del censo electoral de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre las inscripciones realizadas al amparo de la denominada 'ley de nietos' que fueron suspendidas cautelarmente por el Tribunal Supremo en un auto del pasado 10 de septiembre.
La formación que lidera Alberto Núñez Feijóo reclama que la medida cautelar dictada por el alto tribunal se aplique ya al censo electoral que se utilizará en los comicios, cerrado a 1 de agosto de 2026, y que se adopten las medidas necesarias para impedir que las personas afectadas puedan ejercer el derecho de voto mientras esté vigente la suspensión.
El PP sostiene que la medida debería ejecutarse en un plazo máximo de 18 días desde la convocatoria electoral, de forma que pueda aplicarse antes de la jornada del 29 de noviembre.
Qué pide el PP a la Junta Electoral Central
En su petición, los populares reclaman que la suspensión cautelar del Supremo tenga reflejo en el censo electoral y afecte a las inscripciones correspondientes a personas que obtuvieron la nacionalidad española mediante la disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática, salvo aquellas que puedan acreditar mediante una certificación consular su condición de descendientes de españoles exiliados.
El partido considera que la resolución judicial debe aplicarse en todas las fases del proceso electoral. Por ello, pide a la JEC que garantice su cumplimiento tanto en el envío de la documentación electoral como en la votación en los consulados y durante el posterior escrutinio.
La formación también ha solicitado información sobre el estado de ejecución de los autos dictados por el Tribunal Supremo y reclama que la JEC inste al Ministerio de Asuntos Exteriores a proporcionar los medios personales y materiales necesarios para garantizar el cumplimiento de las resoluciones judiciales.
Además, el PP quiere que las instrucciones que pueda adoptar la Junta Electoral Central sean trasladadas a todas las juntas electorales provinciales, a la Oficina del Censo Electoral y a las oficinas consulares.
El censo cerrado a 1 de agosto, en el centro de la disputa
El censo electoral de referencia para las elecciones del 29 de noviembre es el cerrado a 1 de agosto de 2026. Precisamente por ello, el PP reclama que la suspensión cautelar se aplique sobre ese listado y no sobre una eventual actualización posterior.
La cuestión tiene especial relevancia para los españoles residentes en el extranjero, ya que buena parte de las personas que han adquirido la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática figuran en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
La petición de los populares se produce además después de que Exteriores haya defendido las garantías del voto exterior y haya recordado que votar desde el extranjero constituye un "derecho fundamental" de la ciudadanía española.
El Ministerio ha detallado que los representantes de las candidaturas pueden estar presentes en los centros de votación habilitados en el exterior y que tanto el precintado y desprecintado de las urnas como el recuento de los sobres y la elaboración de las actas consulares son actos públicos.
Una medida cautelar y una cuestión todavía pendiente
El debate se sitúa en el ámbito de las medidas cautelares adoptadas por el Tribunal Supremo. La suspensión tiene carácter provisional mientras el tribunal resuelve las cuestiones planteadas sobre la instrucción del Ministerio de Justicia de 2022 relacionada con la documentación necesaria para acceder a la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática.
El PP pide ahora que los efectos de esa suspensión se trasladen al ámbito electoral y que las personas afectadas sean excluidas del censo mientras permanezca vigente la decisión judicial.
La cuestión plantea además un debate sobre la gestión de un censo electoral que ya está cerrado y sobre las consecuencias que tendría modificar la situación electoral de ciudadanos que aparecen actualmente inscritos.
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