¿Quién puede ser nómada digital y cómo se solicita este modelo de residencia que crece un 42% en España?
NÓMADAS DIGITALES
España supera los 138.000 nómadas digitales y consolida su atractivo para el teletrabajo internacional
España es ya uno de los destinos favoritos para los nómadas digitales: profesionales extranjeros que trabajan en remoto desde cualquier lugar del mundo gracias a la tecnología. El Gobierno contabiliza ya 138.803 teletrabajadores internacionales residiendo en el país, un 42% más que el año pasado y 15 veces más que hace una década.
Esta modalidad de residencia permite atraer talento global, impulsar el ecosistema emprendedor y fomentar el desarrollo en territorios menos poblados. Pero ¿quién puede ser nómada digital en España y qué requisitos debe cumplir?
¿Quién puede solicitar la residencia como nómada digital?
La residencia por teletrabajo de carácter internacional está dirigida a ciudadanos extracomunitarios (fuera de la UE) que deseen residir en España mientras trabajan en remoto para una empresa extranjera. Existen dos tipos de solicitantes:
- Empleados que trabajan a distancia exclusivamente para empresas radicadas fuera de España.
- Profesionales autónomos, que pueden prestar servicios a empresas españolas solo si no superan el 20% del total de su actividad profesional.
Requisitos
Para acceder a este permiso, los solicitantes deben:
- Acreditar formación superior (universidad, FP o escuelas de negocios de prestigio) o tener al menos tres años de experiencia profesional.
- Demostrar que la empresa para la que trabajan tiene una actividad real y continuada.
- Presentar documentos que prueben que la relación laboral o profesional permite el teletrabajo.
- Justificar que la relación contractual existe desde hace al menos tres meses y detallar las condiciones del trabajo a distancia.
Tipos de permisos y duración
- Visado de nómada digital: para quienes solicitan desde fuera de España. Tiene una duración de 1 año, prorrogable, salvo que el trabajo dure menos.
- Autorización de residencia: para quienes ya se encuentran legalmente en España. Tiene una vigencia inicial de 3 años, con posibilidad de renovación.
Ambos permisos permiten al titular vivir y trabajar desde cualquier punto del territorio nacional.
¿Dónde se presenta la solicitud?
- Si se encuentra fuera de España, la solicitud debe hacerse en la Embajada o Consulado español correspondiente.
- Si el solicitante ya está en España de forma legal, debe dirigirse a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
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