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Los meses de verano son una época de muchos desplazamientos, pero también de playa. Estos dos elementos hacen que muchos conductores duden si conducir descalzo o no. ¿Es esto legal?
No hay ninguna normativa de tráfico que especifique, explícitamente, que no está permitido conducir descalzo. Sin embargo, algunos puntos del Reglamento General de Circulación sirven como base para regular esta práctica.
Concretamente, el punto 13, 17 y 18 de esta norma hacen referencia a cómo debe ser la conducción. Y es que, según estipula, el conductor debe controlar su vehículo con libertad de movimiento. Así se puede entender que un calzado inadecuado como unas chanclas o tacones, o también ir descalzo, dificultan una conducción efectiva y segura.
Como no hay ningún apartado del Reglamento General de Circulación que regule esta práctica, muchos conductores piensan que pueden defenderse en caso de que las autoridades les den el alto.
Sin embargo, la propia DGT advierte de que los agentes pueden sancionar a un conductor que circula descalzo, o con un calzado inadecuado. Eso sí, la multa puede variar en función de lo que interprete la Guardia Civil que detecte la infracción.
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