El conselleiro de Emprego acota a "infracción administrativa" la presencia de tres trabajadores que "suplantaron su identidad" en la bodega familiar
VENDIMIA DEL AÑO PASADO
Defiende la "honorabilidad" de la empresa familiar, de la que aclara que no es socio, y aclara que la irregularidad detectada en una inspección rutinaria en la vendimia del año pasado se saldó con una "infracción administrativa". Asimismo, recordó que la empresa denunció por "usurpación de identidad" a los temporeros que no figuraban en la lista de trabajadores facilitada por la empresa de trabajo temporal encargada de estas gestiones para acometer la campaña 2025
El conselleiro de Emprego, Comercio e Emigración, José González, ha explicado que la bodega que su familia tiene en O Ribeiro, fue sancionada por una "infracción administrativa" en relación a tres inmigrantes que trabajaron en la vendimia de 2025, pero ha asegurado que no había "intención de fraude" ni "conocimiento previo" de la situación de esos temporeros.
González aclaró que la empresa familiar fue sancionada tras una inspección de oficio que se llevó a cabo el año pasado y que certificó la presencia de tres trabajadores de origen africano sin papeles. Asimismo, González defendió la "honorabilidad" de la Bodega Casal de Armán, de la que se desvinculó hace tiempo como propietario. "Yo no soy socio, es de mi familia, yo no participo en la gestión ni, por supuesto, en la organización, ni en la contratación de los trabajadores de la empresa", proclamó.
"Error" de la bodega por "confiar en las personas"
Al respecto, explicó lo que él denominó "error" de la bodega por "confiar en que las personas contratadas o puestas a disposición a través de una empresa de trabajo temporal, la ETT Randstad, con la que se habla habitualmente para tener esos temporales de vendimia, tengan esos papeles en regla". José González relató que, cuando la inspección laboral acudió a la viña, constató la presencia de temporeros que "no eran los que estaban en los listados en la empresa de trabajo temporal".
No había "intención de fraude" ni "conocimiento previo" de la situación de esos temporeros
Por consiguiente, informó de que la bodega interpuso una denuncia ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado por "usurpación de la identidad" contra dichos temporeros, una querella que para el conselleiro, "acredita claramente que no había intención de fraude ni había conocimiento previo de la situación".
"No es una denuncia contra la ETT, sino contra los temporeros que estaban contratados a través de la ETT", aclaró. Asimismo, el conselleiro ha argumentado que la sanción administrativa fue impuesta "en su grado mínimo" y "en la cantidad legalmente mínima", a lo que agregó que "la inspección no apreciaba circunstancias agravantes".
"Es un desgraciado incidente que no tiene nada que ver con la explotación de inmigrantes y que, en todo caso, lo que se hizo desde la empresa es que están siendo más rigurosos en la gestión empresarial para evitar que estos acontecimientos se vuelvan a repetir", expuso.
Comunicado de la filial dentro de la bodega
La bodega de la familia del conselleiro de Emprego, José González, alega horas después de su intervención que la Inspección de Trabajo le impuso la sanción mínima, de 10.001 euros por trabajador, tras detectar a tres temporeros realizando la vendimia de 2025 en sus viñas de manera irregular. En un comunicado colgado por Casal de Armán en su perfil de la red social Instagram, la filial del grupo Viña Campinas S.L., que habla de una "campaña promovida con el ánimo de" desprestigiarla, subraya que "no contrató para ninguna tarea, promovió ni consintió conscientemente la incorporación de personas en situación administrativa irregular".
Indica que en su momento "presentó una denuncia para que se investigase lo sucedido un día durante la vendimia del año pasado, en línea con la voluntad de la empresa de esclarecer estos hechos y colaborar con las autoridades".
En este sentido, relata lo ocurrido en la vendimia de 2025, cuando recurrió, "como se hace habitualmente en el sector, a empresas de trabajo temporal (ETT) y a empresas especializadas en servicios agrícolas". "Como parte de su procedimiento habitual, Viña Campinas exige previamente a las ETT la relación nominal de los trabajadores que van a prestar servicios en los viñedos que gestiona, así como la acreditación documental de su contratación y alta en la Seguridad Social", afirma.
El 9 de septiembre de 2025, según señala, durante una actuación de Inspección de Trabajo "se comprobó que tres de las personas incorporadas a través de ETT y presentes en la viña no coincidían con las identidades previamente comunicadas por la empresa de trabajo temporal", expone. Y añade que "en uno de los casos, la propia acta recoge que una de estas tres personas incluso llegó a identificarse utilizando la identidad y la documentación de un trabajador que no era él y sí figuraba correctamente contratado y dado de alta en la relación nominal comunicada previamente por la ETT".
"Viña Campinas no tenía conocimiento de esta situación y, en cuanto fue detectada, la comunico a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado mediante denuncia por un presunto delito de suplantación de identidad", resalta. El comunicado continúa explicando que "como consecuencia de estos hechos, sin embargo, la Inspección consideró, según resolución del 11 de febrero de 2026, que Viña Campinas había incurrido en responsabilidad por presencia de estas personas en el viñedo".
"El expediente solo sanciona administrativamente la ocupación de trabajadores extranjeros sin autorización verbo de una deficiencia en el control de identidad. No imputa, por tanto, conducta de explotación laboral alguna", incide.
La compañía hace referencia a que fueron "dirimidas en términos jurídicos unas responsabilidades de atribución" a su juicio "inicialmente no claras" y agrega que después "asumió la sanción y no solo eso". "También mejoró su manera de operar, reforzó inmediatamente sus procedimientos internos, incorporando un contraste presencial final de la identidad de los trabajadores con la documentación previamente recibida de la ETT, para evitar que una situación semejante pudiera repetirse", afirma.
Y valora que "la propia inspección aplicó la sanción administrativa en el grado mínimo y en la cuantía legal más baja (10.001 euros por trabajador en un abanico de 10.001 a 100.000), haciendo constar expresamente que no concurrían circunstancias agravantes". Según la empresa, "el acta también deja constancia de que todos los trabajadores contratados directamente por Viña Campinas S.L. y que se encontraban en la viña en el momento de la inspección estaban correctamente dados de alta en la Seguridad Social".
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