BORRASCA LEONARDO
El Miño multiplica su caudal

La alerta de una niña destapó un caso de agresión sexual

RÁPIDA ACTUACIÓN DE UNA PROFESORA

La confesión de una niña de 12 años a su profesora del colegio de Vistahermosa fue la pieza clave que llevó al banquillo de los acusados de la Audiencia de Ourense a Julián G. E., de 53 años, acusado de maltratar y agredir sexualmente a su pareja en abril de 2024. El acusado solo admite que la zarandeó porque “estaba metida en una página de contactos”.

El inculpado, en la Audiencia de Ourense.
El inculpado, en la Audiencia de Ourense. | La Región

La docente relató ante el tribunal cómo la hija de la víctima le explicó que había escuchado “ruidos de muebles y gritos” en el domicilio familiar y que “tenía miedo de que su madre estuviese en peligro”, activando el protocolo que derivó en la intervención policial y la posterior denuncia.

Los cuatro meses de convivencia entre la víctima y el acusado se quebró la noche del 13 de abril de 2024. Una discusión iniciada por los celos de su pareja, según la denunciante, derivó en una escalada de violencia. Explicó que Julián le arrebató el móvil y lo rompió al ver que chateaba con un amigo de la infancia. Tras una breve intervención policial porque él amenazó con suicidarse , la situación empeoró. Narró cómo el acusado la insultó llamándola “puta” y la obligó a irse a la habitación de invitados. Allí, según su testimonio, la agarró por el cuello. “Sentía que me asfixiaba y me mareé”, relató. Posteriormente, la forzó a entrar en el baño para ducharse, donde la empujó contra la puerta y la bañera, causándole diversas contusiones. Finalmente, la obligó a regresar al dormitorio conyugal, donde, pese a su negativa expresa, la agredió sexualmente.

Lesiones físicas y secuelas psicológicas

El informe del Imelga confirma la existencia de lesiones físicas compatibles con el relato de la víctima, así como secuelas psicológicas, incluyendo estrés postraumático y un alto nivel de intrusión. Y aunque la defensa cuestionó la escasa afectación, la médico forense recordó que “el perfil de víctima ideal de hace años está totalmente abolido”. Hay mujeres más resilientes que otras. El informe de valoración integral avala la credibilidad de la víctima, descartando la fabulación y describiendo una dinámica de relación asimétrica marcada por la violencia física, psicológica, sexual, además del control y aislamiento.

Julián G. E. solo respondió a su abogado y ofreció una versión exculpatoria respecto a la agresión sexual. Admitió haber roto el teléfono por celos -”Estaba chateando en una página de citas”- y haberla “zarandeado”, pero negó la violación, alegando que mantuvieron relaciones “consentidas” con anterioridad a la discusión, en el salón de la casa.

Su defensa se apoyó en el estado de salud del acusado: padece un trastorno de la personalidad (rasgos clúster B y C) y una dependencia a opiáceos (Dolantina) y benzodiacepinas. El acusado alegó en el juicio que esa noche se inyectó su medicación y que esta le provocaba sueño, negando estar en condiciones de cometer una agresión.

Los médicos forenses explicaron que los fármacos que consumía el acusado tienen un efecto sedante, lo que podría explicar que se quedase dormido, pero descartaron que estos provocaran una “alteración de la percepción de la realidad” o agresividad. Asimismo, matizaron que un síndrome de abstinencia impulsaría la búsqueda del fármaco, no la comisión de delitos sexuales.

La fiscal solicitó un total de 15 años de prisión: 14 años por un delito de agresión sexual con la agravante de género y 1 año por el delito de maltrato. Además, solicita 10 años de libertad vigilada y una indemnización de 7.400 euros para la víctima. Óscar Freixedo, el letrado que representa a la víctima, interesó una pena ligeramente superior, sumando 16 años de cárcel (15 por la agresión sexual y 1 por el maltrato), y elevando la indemnización por daños morales a 8.000 euros. La defensa admite las lesiones del maltrato, pero invocó la libre absolución respecto a la agresión sexual, insistiendo en aplicar eximentes o atenuantes por el trastorno mental y la toxicomanía de su cliente.

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