Dos años de cárcel por una paliza: la víctima acabó con la mandíbula rota

AGRESIÓN EN EL OCIO NOCTURNO

La Audiencia Provincial lo absuelve del robo del móvil de la víctima ante la falta de pruebas

El acusado, ayer sentado en el banquillo de la Audiencia Provincial de Ourense.
El acusado, ayer sentado en el banquillo de la Audiencia Provincial de Ourense. | Miguel Ángel

La Audiencia Provincial ha condenado a Jhonatas H.P.T., nacido en Brasil, a dos años de prisión por golpear a un hombre la madrugada del 20 de mayo de 2022 en las inmediaciones de una discoteca de la ciudad. La víctima se había acercado a él, quien estaba en compañía de un menor, porque vio que una chica estaba siendo increpada. En ese momento, fue agredido, recibiendo patadas y puñetazos. Sufrió varias lesiones, entre ellas una fractura mandibular múltiple, y le restaron secuelas, como la pérdida de un diente a consecuencia del tratamiento quirúrgico.

El ahora condenado admitió en el juicio que aquella madrugada agredió a la víctima. “Me arrepiento muchísimo”, confesó ante los magistrados. Además, señaló que la noche de los hechos tomó varias copas y chupitos y se encontraba borracho. Por otra parte, negó haber robado el móvil de la víctima, un hecho por el que también se sentó en el banquillo.

La acusación particular, representada por la abogada Gabriela Prol de Francisco, solicitaba que se le condenase a siete años de prisión por un delito de lesiones y tres años y seis meses por un robo con violencia. Por su parte, la Fiscalía interesaba para el acusado tres años de prisión por un delito de robo con violencia y dos años de cárcel por las lesiones.

Los magistrados del alto tribunal ourensano concuerdan en la sentencia con el abogado de la víctima, Moisés Aser Figueira, quien calificó los hechos como un delito de lesiones del artículo 147.1 del Código Penal e incidió en que su cliente no cometió ningún robo con violencia. Respecto a este último, los jueces consideran que no quedó acreditada la comisión de este delito por parte de Jhonatas H.P.T., quien negó durante el juicio haberse apoderado del móvil de la víctima.

Condena

Sí lo consideran culpable de un delito de lesiones, ya que el propio acusado lo confesó durante el juicio. Por ello, le imponen la pena de dos años de prisión y la prohibición de comunicarse con la víctima y de acercarse a ella a menos de 200 metros durante cinco años. Además, tendrá que indemnizar al afectado con 34.473 euros y al Sergas en 5.464 euros.

Por otra parte, los magistrados no acceden a la petición del Ministerio Fiscal acerca de la expulsión del territorio español del acusado durante cinco años una vez cumplida la mitad de la pena impuesta. Los jueces argumentan su decisión en el arraigo de Jhonatas H.P.T..

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