Un ourensano no cobró el seguro tras la muerte de su mujer al ocultar su enfermedad
SENTENCIA JUDICIAL
El hombre comunicó a la aseguradora que su mujer había sufrido un ictus once años antes, pero no que padecía fibrosis
La Audiencia Provincial ha dado la razón a una aseguradora que se negó a pagar una indemnización de 3.600 euros por la muerte de una mujer al considerar que su marido, al contratar la póliza, faltó a la verdad al informarles del estado de salud de su pareja.
Todo comienza con la contratación por parte del demandante de un seguro de decesos con cobertura de gastos de funeral y entierro propio para él y su mujer, con efecto de 1 de abril de 2023, y con una suma asegurada de 3.600 euros por cada uno de ellos.
Un año después, el 4 de abril de 2024, la mujer falleció, pero la aseguradora rechazó el siniestro y rescindió la póliza argumentando que no debía haberse formalizado debido a que el estado de salud de la fallecida no le fue puesto en conocimiento.
El marido no se conformó con esta decisión y acudió a la vía judicial. Su demanda fue desestimada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ourense, pero recurrió ante la Audiencia Provincial. En un primer momento, negó incluso que se le hubiera hecho un cuestionario en el que se le preguntó sobre la salud de su mujer. Sin embargo, la aseguradora consiguió acreditar que sí existió aportando la correspondiente grabación de audio.
Ante esta prueba, el recurrente alegó que no era válido al ser realizado por vía telefónica de forma rápida, con preguntas genéricas e inconexas, lo que habría impedido al marido comprender el alcance y la trascendencia de las cuestiones planteadas. No comparte este argumento el alto tribunal ourensano, cuya magistrada avaló el proceso debido a que el corredor de seguros preguntó “claramente y de forma insistente” sobre el estado de salud de la esposa del demandante.
Este únicamente reconoció que su mujer había sufrido un ictus 11 años antes, pero no comunicó ningún otro tipo de padecimiento. No informó de que su esposa padecía una enfermedad pulmonar tipo fibrosis desde 2022, la cual le terminó causando la muerte. Él conocía esta circunstancia, según la sentencia, ya que controlaba la medicación de su mujer, se encargaba de todas las gestiones con los médicos y sabía de su patología pulmonar desde 2022.
“Denota una efectiva ocultación dolosa del estado de salud de la asegurada, en la que incurrió el tomador, conociéndola perfectamente al tratarse de su esposa, convivir con ella, y encargarse de todas sus cuestiones médicas”, apunta el fallo. Esta forma de proceder, asegura la magistrada, faculta a la aseguradora a rehusar el siniestro. En consecuencia, desestima la demanda.
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