Condenada por incumplir con la localización permanente en Ourense

JUICIO EN OURENSE

Deberá pagar una multa de 540 euros por un delito de quebrantamiento de condena

Edificio judicial, en O Couto.
Edificio judicial, en O Couto. | ARCHIVO

Paloma M.O. tenía la obligación de estar localizada permanentemente 30 días entre febrero y abril de 2025. Para ello, proporcionó un domicilio en el que debía estar cumpliendo la citada pena. Sin embargo, 15 de esos días no fue localizada y tampoco alegó ningún motivo para justificar su ausencia.

Por ello, se sentó en el banquillo por un delito de quebrantamiento de condena. Antes del juicio, su abogada y la Fiscalía llegaron a un acuerdo de conformidad. A cambio, Paloma M.O. admitió que no se encontraba esos días en su domicilio.

Los hechos derivaron en una condena de seis meses de multa a razón de tres euros al día, lo que se traduce en una cuantía de 540 euros. La sentencia aplica la atenuante de drogadicción, ya que la acusada está diagnosticada de trastorno del comportamiento derivado del consumo de drogas y sustancias tóxicas.

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