Condenado un abogado de Ourense al que habían absuelto previamente

JUICIO POR ESTAFA

La Audiencia Provincial de Ourense le impone una pena de dos años de prisión por estafar casi 70.000 euros a dos clientas

Publicado: 13 feb 2025 - 06:15 Actualizado: 13 feb 2025 - 09:46
El acusado (i), durante el juicio en la Audiencia Provincial.
El acusado (i), durante el juicio en la Audiencia Provincial.

La Audiencia Provincial de Ourense condenó al abogado Luis Ángel C.R. a dos años de prisión por estafar a dos clientas -madre e hija- casi 70.000 euros haciéndoles creer que el dinero sería destinado al pago de costas y honorarios profesionales en el procedimiento en el que las representaba. “La cantidad que el letrado cobró a las querellantes es 22 veces superior a la que cobraron en concepto de costas el letrado y procuradora de la parte adversa”, señala el fallo

Esta sentencia es la segunda que emite el órgano en relación a estos hechos. En el primer fallo, Luis Ángel C.R. fue absuelto, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ordenó repetir el proceso porque los wasaps fueron excluidos como prueba. Justamente esos mensajes son tenidos en cuenta ahora por la Audiencia para emitir una resolución condenatoria.

Entre otras cuestiones, los wasaps entre la perjudicada y el abogado acreditan que la primera le entregó 67.751 euros, un importe “absolutamente desproporcionado e injustificado”. Otra de las pruebas clave contra el acusado para confirmar dicha cuantía fueron las conversaciones telefónicas entre él y la denunciante. Luis Ángel C.R. defendió en el juicio que él no era el que habla en las grabaciones, pero al tribunal no le queda ninguna duda de lo contrario.

Al respecto, la Sala recuerda que el abogado no suscribió con las querellantes ningún tipo de contrato de prestación de servicio ni ninguna hoja de encargo profesional, por tanto, subrayan los magistrados, “la percepción de los desproporcionados honorarios no encuentra amparo en el principio de libertad de pactos”.

En este sentido, la sentencia señala que el engaño urdido por el abogado fue idóneo para convencer a sus clientas de que las cantidades que le entregaban eran para satisfacer los honorarios, las costas y demás gastos vinculados al procedimiento que les llevaba. De hecho, la procuradora de la parte contraria interpuso demanda contra la clienta de Luis Ángel C.R. por el importe de las costas procesales.

El abogado de la defensa, Diego Aitor González, defendió en el juicio, entre sus múltiples argumentos, que su cliente realizó los trabajos encomendados. De hecho, la sentencia considera probado que Luis Ángel C.R. realizó varias gestiones vinculadas al procedimiento pese a no realizar ninguna actuación tendente al cumplimiento del fallo de la sentencia.

Además de los dos años de prisión, la Audiencia también le impone al acusado el pago de 71.048 euros a las perjudicadas en concepto de responsabilidad civil. Contra la sentencia cabe recurso.

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